Decreto 218 EXENTO - MODIFICA DECRETO Nº 210, DE 2009, DE MINERÍA, QUE OTORGA A GEOTERMIA DEL PACÍFICO SERVICIOS DE INGENIERÍA LIMITADA LA CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN DE ENERGÍA GEOTÉRMICA DENOMINADA 'HUISCAPI', EN VIRTUD DE LA LEY Nº 19.657 - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 302915554

Decreto 218 EXENTO - MODIFICA DECRETO Nº 210, DE 2009, DE MINERÍA, QUE OTORGA A GEOTERMIA DEL PACÍFICO SERVICIOS DE INGENIERÍA LIMITADA LA CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN DE ENERGÍA GEOTÉRMICA DENOMINADA 'HUISCAPI', EN VIRTUD DE LA LEY Nº 19.657

EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor20 de Julio de 2011

MODIFICA DECRETO Nº 210, DE 2009, DE MINERÍA, QUE OTORGA A GEOTERMIA DEL PACÍFICO SERVICIOS DE INGENIERÍA LIMITADA LA CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN DE ENERGÍA GEOTÉRMICA DENOMINADA "HUISCAPI", EN VIRTUD DE LA LEY Nº 19.657

Núm. 218 exento.- Santiago, 22 de junio de 2011.- Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 19.657, sobre Concesiones de Energía Geotérmica, en su Reglamento aprobado mediante decreto supremo Nº 32, de 22 de abril de 2004, y su modificación dispuesta por decreto supremo Nº 224, de 4 de diciembre de 2008, ambos del Ministerio de Minería; en el decreto ley Nº 2.224, de 1978, y sus modificaciones posteriores, en particular, la efectuada por la ley Nº 20.402, que creó el Ministerio de Energía; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que mediante decreto supremo Nº 210, de fecha 7 de diciembre de 2009, del Ministerio de Minería, se otorgó la concesión de exploración de energía geotérmica denominada "Huiscapi", ubicada en las comunas de Santa Bárbara y Lonquimay, provincias del Biobío y Malleco, Regiones del Biobío y de la Araucanía, a la empresa Geotermia del Pacífico Servicios de Ingeniería Limitada.

  2. Que la referida concesión de exploración de energía geotérmica entró en vigencia el día 2 de marzo de 2010, fecha en que se publicó en el Diario Oficial el referido decreto supremo mediante el cual ésta se otorgó.

  3. Que a través de presentación efectuada con fecha 31 de marzo de 2011, don Rüdiger Trenkle, en representación de la empresa GGE Chile SpA, acompañó a esta Secretaría de Estado copia de la escritura pública de cesión de derechos sociales de Geotermia del Pacífico Servicios de Ingeniería Limitada a GGE Chile SpA, disolución y fusión por incorporación en GGE Chile SpA.

  4. Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 24 de la ley Nº 19.657, sobre Concesiones de Energía Geotérmica, estas concesiones podrán ser transferidas total o parcialmente a terceros mediante escritura pública, agregando dicho precepto que, otorgada que sea la escritura pública de transferencia, el nuevo concesionario se subrogará al concesionario anterior, por el solo ministerio de la ley, en las obligaciones y derechos de la concesión.

  5. Que, por su parte, el artículo 55 del decreto supremo Nº 32, de 2004, del Ministerio de Minería, que aprueba el Reglamento de la ley Nº 19.657, establece que dentro del plazo de un mes contado desde el otorgamiento de la respectiva...

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