Decreto 368 - OTORGA A GASODUCTO DEL PACIFICO S.A. CONCESION DEFINITIVA DE TRANSPORTE DE GAS DE RED, LATERAL CHARRUA, OCTAVA REGION - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 241201106

Decreto 368 - OTORGA A GASODUCTO DEL PACIFICO S.A. CONCESION DEFINITIVA DE TRANSPORTE DE GAS DE RED, LATERAL CHARRUA, OCTAVA REGION

EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto

OTORGA A GASODUCTO DEL PACIFICO S.A. CONCESION DEFINITIVA DE TRANSPORTE DE GAS DE RED, LATERAL CHARRUA, OCTAVA REGION

Núm. 368.- Santiago, 12 de diciembre de 2006.- Vistos: Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 323 de 1931 y sus modificaciones, del Ministerio del Interior; en el Decreto Supremo N° 263 de 1995, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el "Reglamento sobre Concesiones Provisionales y Definitivas para la Distribución y Transporte de Gas"; en el decreto supremo N° 254, de 1995 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba "Reglamento de Seguridad para el Transporte y Distribución de Gas Natural"; en la resolución N° 520 de 1996, de la Contraloría General de la República; y en el decreto supremo N° 19 del 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; y lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, en oficio Ord. N° 5112 de 2006.

Considerando: La presentación de la empresa Gasoducto del Pacífico S.A. referente a la solicitud de concesión definitiva de transporte de gas de red, en la VIII Región, en las comunas de Pemuco y Cabrero, denominado Lateral Charrúa,

Decreto:

Artículo primero

Otórgase a Gasoducto del Pacífico S.A., RUT N° 96.762.250-8, concesión definitiva para establecer, operar y explotar el servicio público, bajo el sistema de acceso abierto, de transporte de gas de red en la Octava Región, comunas de Pemuco, y Cabrero, denominado Lateral Charrúa.

Artículo segundo

Defínese la longitud aproximada del trazado del gasoducto de la empresa Gasoducto del Pacífico S.A. en 27,5 kilómetros, consistente en una tubería de 16 pulgadas de diámetro nominal, que recorrerá las comunas de Pemuco y Cabrero, ambas ubicadas en la VIII Región, siendo el punto de origen la Estación km. 143, Válvula de Derivación N°41 (sector San Miguel), que se ubica sobre la línea principal de Gasoducto del Pacífico S.A. y el punto de destino será la futura Estación Campanario, ubicada en la comuna de Cabrero, donde se ubicará la Estación de Medición Campanario. La ubicación geográfica de los puntos de origen y destino, además de una estación intermedia se indican en la Tabla 1. Ubicación del Trazado.

Tabla 1. Ubicación del Trazado.

NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 18.01.2007, PAGINA 11

Artículo tercero

El sistema de transporte considerará, entre otras instalaciones y equipos, lo siguiente:

  1. La Estación de Medición que se incorporará estará ubicada en el sector de la central Campanario, comuna de Cabrero, al este de la Sub-Estación Eléctrica Charrúa, que a su vez está ubicada a 5 km al este de la Ruta 5 Sur.

    La instalación contemplará instalaciones de superficie tales como trampa de scrapper receptora, separadores de polvo y líquido, un cromatógrafo, sala de instrumentación, elementos de medición, etc.

    Se estima que la presión de diseño y la presión máxima de operación será de 9.756 kPa.

    La estación de medición estará formada por tantos medidores de caudal como salidas se requieran para cubrir las necesidades de los usuarios. Esta estación contempla el uso de instrumentos eléctricos y de telemetría y será monitoreada en forma similar a las estaciones de medición del gasoducto principal y sus laterales.

  2. Instalaciones de Operaciones y Mantención. Las labores de operación y de mantención del gasoducto Lateral Charrúa se llevarán a cabo desde el mismo Centro de Operaciones y de Control del Gas que ahora se utiliza para el Gasoducto...

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