Decreto núm. 602, publicado el 11 de Diciembre de 1998. CREA LA RESERVA NACIONAL FUTALEUFU EN LA X REGION DE LOS LAGOS Y LA DECLARA LUGAR DE INTERES CIENTIFICO PARA EFECTOS MINEROS - MINISTERIO DE BIENES NACIONALES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470908406

Decreto núm. 602, publicado el 11 de Diciembre de 1998. CREA LA RESERVA NACIONAL FUTALEUFU EN LA X REGION DE LOS LAGOS Y LA DECLARA LUGAR DE INTERES CIENTIFICO PARA EFECTOS MINEROS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE BIENES NACIONALES
Rango de LeyDecreto

CREA LA RESERVA NACIONAL FUTALEUFU EN LA X REGION DE LOS LAGOS Y LA DECLARA LUGAR DE INTERES CIENTIFICO PARA EFECTOS MINEROS

Núm. 602.- Santiago, 8 de septiembre de 1998.- Vistos: Estos antecedentes; lo solicitado por la Corporación Nacional Forestal, en oficio Nº 867, de 1º de septiembre de 1995, lo informado por la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la X Región de los Lagos, mediante oficio Nº 2.670, de 28 de julio de 1998, y por la División de Bienes Nacionales, en oficios Nºs 421 de 8 de febrero de 1996 y 2.513 de 19 de agosto de 1998, respectivamente, y lo dispuesto mediante Providencia Int. Nº 1.477, de 24 de agosto de 1998, de la Jefe de Gabinete de la Sra. Ministra de Bienes Nacionales,

Considerando:

Que, es función del Estado la creación y mantención de un Sistema Nacional de Areas Silvestres Protegidas (Snaspe), que resguarda la herencia natural y cultural del país;

Que, es necesario incorporar en el Sistema Nacional de Areas Silvestres Protegidas, las formaciones y asociaciones vegetales, los ambientes y otros rangos de importancia nacional, no representados actualmente en el Sistema o cuya cobertura es insuficiente;

Que, estudios técnicos han señalado que la formación de Bosque Patagónico con Coníferas, que incluye la especie Ciprés de la Cordillera, no está representado en el Snaspe;

Que, diversos antecedentes y estudios efectuados en la zona de Futaleufú, provincia de Palena, demuestran que existe un sector de propiedad fiscal, en el cual se presenta la especie arbórea Ciprés de la Cordillera y sus asociaciones (Austrocedrus chilensis), calificada como Vulnerable, la cual es necesario proteger y recuperar, y que forma parte de la mencionada formación de Bosque Patagónico con Coníferas;

Que, en la misma área existen poblaciones de especie Huemul (Hippocamelus bisulcus), la cual se encuentra en la categoría En Peligro, y que dispone de ambientes apropiados para su desarrollo;

Que, el sector en referencia incluye además Bosque de Lenga (Nothofagus pumilio), Coihue de Magallanes (N. betuloides) y vegetación altoandina, localizada preferentemente en zonas de abrupta topografía, y cuya permanencia contribuye a la protección de suelos frágiles y del ambiente que es necesario resguardar;

Que, las características del área y sus recursos naturales y escénicos hacen necesaria su protección legal en el Sistema Nacional de Areas Silvestres Protegidas del Estado, en la categoría de Reserva Nacional;

Que, en atención a...

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