Decreto con Fuerza de Ley núm. 1, publicado el 31 de Diciembre de 2010. FIJA PLANTA DE PERSONAL DE LA SUBSECRETARÍA DE TURISMO Y REGULA LAS DEMÁS MATERIAS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO CUARTO TRANSITORIO DE LA LEY Nº 20.423 - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469848154

Decreto con Fuerza de Ley núm. 1, publicado el 31 de Diciembre de 2010. FIJA PLANTA DE PERSONAL DE LA SUBSECRETARÍA DE TURISMO Y REGULA LAS DEMÁS MATERIAS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO CUARTO TRANSITORIO DE LA LEY Nº 20.423

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto con Fuerza de Ley

FIJA PLANTA DE PERSONAL DE LA SUBSECRETARÍA DE TURISMO Y REGULA LAS DEMÁS MATERIAS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO CUARTO TRANSITORIO DE LA LEY Nº 20.423

D.F.L. Núm. 1.- Santiago, 30 de septiembre de 2010.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 64 de la Constitución Política de la República, y la facultad que me ha conferido el artículo cuarto transitorio de la ley Nº 20.423, y el artículo 25 de la ley Nº 20.486, dicto el siguiente,

Decreto con fuerza de ley:

Artículo 1º

Fíjase la siguiente planta de personal de la Subsecretaría de Turismo:

  1. Planta de Directivos

    1. Autoridades de Gobierno

      Cargos Grado Nº de

      EUS Cargos

      Subsecretario C 1

    2. Directivos de exclusiva confianza

      Cargos Grado Nº de

      EUS Cargos

      Jefes de División 3º 2

      Total Planta 3

      Directiva

  2. Planta de Profesionales

    Cargos Grado Nº de

    EUS Cargos

    Profesionales 4º 2

    Profesional 5º 1

    Profesional 6º 1

    Total Planta Profesionales 4

  3. Planta de Técnicos

    Cargos Grado Nº de

    EUS Cargos

    Técnico 10º 1

    Total Planta Técnicos 1

    Total Planta 8

Artículo 2º

Establécense los siguientes requisitos para el ingreso y promoción a las plantas y cargos antes señalados:

  1. Planta de Directivos

    1. Directivos

    Jefes de División, alternativamente:

    i) Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente, y acreditar una experiencia profesional mínima de 5 años. Los años de experiencia requeridos serán 4 en el caso de poseer un grado académico de Magíster o Doctor.

    ii) Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente, y acreditar una experiencia profesional mínima de 6 años. Los años de experiencia requeridos serán 5 en el caso de poseer un grado académico de Magíster o Doctor.

  2. Planta de Profesionales

    Grado 4, alternativamente:

    i) Título profesional de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente, y acreditar una experiencia profesional mínima de 5 años. Los años de...

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