Decreto con Fuerza de Ley núm. 1, publicado el 12 de Mayo de 1973. MODIFICA PLANTA DE SERVICIOS MENORES DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS A CONTAR DE LA FECHA QUE SEÑALA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE HACIENDA |
Rango de Ley | Decreto con Fuerza de Ley |
MODIFICA PLANTA DE SERVICIOS MENORES DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS A CONTAR DE LA FECHA QUE SEÑALA
DFL. Nº 1.- Santiago, 2 de Abril de 1973.
Vistos: lo dispuesto en los artículos 9º, 40º y 49º de la ley Nº 17.654, de 5 de Mayo de 1972, publicada en el Diario Oficial de fecha 12 de Mayo de 1972, dicto el siguiente
Decreto con fuerza de ley:
Modifícase la Planta de Servicios Menores del Servicio de Impuestos Internos, a contar desde el 1º de Julio de 1972, en la siguiente forma:
Categoría Nº de
o grado Descripción funcionarios
7ª Categoría Sub-Oficiales 35
Gr. 1º Sub-Oficiales 40
Gr. 2º Sub-Oficiales 44
Gr. 3º Sub-Oficiales 49
Gr. 4º Sub-Oficiales 53
Gr. 5º Sub-Oficiales 62
Gr. 6º Sub-Oficiales 71
Gr. 7º Sub-Oficiales 82
Gr. 8º Sub-Oficiales 3
Gr. 9º Sub-Oficiales 3
Gr. 10º Sub-Oficiales 2
Total 444
Los aumentos de grado o categoría que experimente el personal de Impuestos Internos, por la aplicación del presente decreto con fuerza de ley, no se considerarán ascensos y, en consecuencia, no les afectará lo dispuesto en el artículo 64º del DFL. Nº 338, de 1960, ni les hará perder el derecho que se establece en los artículos 59º y 60º de dicho texto legal.
La aplicación del presente decreto con fuerza de ley no podrá significar eliminación del personal en actual servicio, disminución de sus remuneraciones, pérdida del régimen previsional o de los beneficios establecidos en el artículo 132º del DFL. Nº 338, de 1960.
Los cargos del artículo Nº 1 del presente decreto con fuerza de ley tendrán las remuneraciones establecidas en las categorías y grados de la respectiva escala contemplada en...
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