Decreto con Fuerza de Ley núm. 17, publicado el 05 de Octubre de 1995. FIJA PLANTA DE PERSONAL PARA EL SERVICIO DE SALUD VALDIVIA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE SALUD |
Rango de Ley | Decreto con Fuerza de Ley |
FIJA PLANTA DE PERSONAL PARA EL SERVICIO DE SALUD VALDIVIA
Santiago, 26 de Junio de 1995.- Hoy se decretó lo que sigue:
D.F.L. Núm. 17.- Teniendo presente que es necesario fijar un texto refundido de las plantas de personal del Ministerio de Salud y de sus Organismos Dependientes, que incluya las modificaciones que experimentaron por la aplicación de las Leyes N°s. 18.827, 19.086 y 19.308, de los Decretos con Fuerza de Ley N°s. 01 al 31, de 1992 y N° 01 de 1995, todos del Ministerio de Salud, y otros textos legales sobre esta materia, y
Vistos: Lo dispuesto en el artículo 61 de la Constitución Política de la República y las facultades que me confiere el artículo 8° de la Ley N° 19.308, dicto el siguiente
Decreto con Fuerza de Ley
Fíjase la siguiente planta de personal para el Servicio de Salud Valdivia.
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PLANTA DE DIRECTIVOS
Cargo Gr. N°
E.U. Cargos
Director Servicio Salud 2 1
Subdirector Administrativo Servicio
Salud 3 1
Jefe Departamento Jurídico 4 1
Subdirector Administrativo de Hospital 4 1
Jefe Departamento Programas del Ambiente 5 1
Jefe Departamento Informática 5 1
Jefe Departamento Recursos Físicos 5 1
Jefe Departamento Recursos Humanos 5 1
Jefe Departamento Finanzas 5 1
Jefatura Paramédica 7 1
Jefe Servicio Orientación Médica y
Estadística 8 1
Jefe Sección Esterilización 9 1
Supervisor Paramédico 9 6
Jefe Servicio Bienestar 10 1
Jefe Sección Capacitación 10 1
Jefe Sección Alimentación 10 1
Supervisor Paramédico 10 3
Jefe Sección Registro Personal y
Bienestar 11 1
Jefe Sección Contabilidad y Presupuesto 11 2
Jefe Sección Servicios Generales 11 1
Jefe Sección Abastecimiento 11 1
Jefe Sección Mantención 13 2
Jefe Sección Contabilidad y Presupuesto 13 1
Jefe Oficina Admisión 13 1
Jefe Oficina Recaudación 13 1
Jefe Oficina Estadística 13 2
Jefe Oficina Movilización 13 1
Jefe Oficina Lavandería 13 1
Jefe Sección Sueldos 13 1
Jefe Sección Subsidios 13 1
Jefe Oficina Secretaría
Partes 14 3
Jefe Sección Registro Personal y
Bienestar 17 1
Cargos que se podrán remunerar y desempeñar indistintamente bajo el régimen del decreto ley Nº249, de 1973, o de las leyes Nºs 15.076 y 19.664.
Cargo Gr. Horas N° E.U. Sema- Car-
nales gos
Subdirector Médico Servicio Salud 3 33 1
Director de Hospital 3 33 1
Subdirector Médico de Hospital 4 33 1
Jefe Departamento Programa de las
Personas 5 33 1
Director de Atención Primaria 5 33 1
Jefe Servicio Clínico 8 33 10
Jefe Unidad de Apoyo 8 33...
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