Decreto núm. 349, publicado el 24 de Junio de 1996. OTORGA A FRONTEL CONCESION DEFINITIVA DE SERVICIO PUBLICO DE DISTRIBUCION EN LA IX REGION
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION |
Rango de Ley | Decreto |
OTORGA A FRONTEL CONCESION DEFINITIVA DE SERVICIO PUBLICO DE DISTRIBUCION EN LA IX REGION
Núm. 349.- Santiago, 31 de mayo de 1996.- Visto: Estos antecedentes y lo dispuesto en los artículos 11° y 28° del D.F.L. N° 1, de 1982, del Ministerio de Minería, y en la Ley N° 18.410.
Decreto:
Otórgase a la Empresa Eléctrica de la Frontera S.A. concesión definitiva para establecer, operar y explotar en la IX Región, Provincia de Cautín, Comuna de Nueva Imperial, una línea de distribución de energía eléctrica denominada Sector Entre Ríos, según plano PP N° T-5101.
Las obras correspondientes han sido ejecutadas, encontrándose concluidos los trabajos respectivos.
El objetivo de estas instalaciones será hacer servicio público de distribución de energía eléctrica en la zona que se define más adelante.
Copias del plano general de la obra, de la memoria explicativa de la misma y de los demás antecedentes técnicos, que pasan a formar parte del presente decreto, quedarán archivadas en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.
No se constituyen servidumbres legales sobre los predios de propiedad particular, por expresa renuncia del peticionario al derecho de imponerlas mediante el presente decreto.
Autorízase la ocupación de caminos, calles y otros bienes nacionales de uso público y el cruce de otras líneas eléctricas que las instalaciones atraviesen en su recorrido.
La zona de concesión será la demarcada en el plano del Instituto Geográfico Militar de Chile N° 3845-7245 Boroa, escala 1:50.000, y comprenderá un territorio cuyos deslindes son los que se indican a continuación:
Límite norte: La ordenada 5.705 km., desde su intersección con la abscisa 282 km. (punto A) hasta su intersección con la abscisa 291 km. (punto B).
Límite este: La abscisa 291 km., desde el punto B hasta su intersección con la ordenada 5.703 km. (punto C).
Límite sur: La ordenada 5.703 km. desde el punto C hasta su intersección con la abscisa 282 km. (punto D).
Límite oeste: La abscisa 282 km., desde el punto D hasta el punto A, ambos ya definidos.
La presente concesión se...
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