Decreto núm. 588 EXENTO, publicado el 07 de Noviembre de 2013. MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE PICHILEMU
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE PEÑALOLÉN |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE PICHILEMU
Santiago, 26 de septiembre de 2013.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 588 exento.- Vistos:
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El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
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La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
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La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón;
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El decreto supremo Nº 126, de 1997, modificado por el decreto supremo Nº 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
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El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;
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La resolución exenta Nº 479, de 1999, y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora, y
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El decreto supremo Nº 880, de 24.09.2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión.
Considerando:
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La solicitud de modificación, ingreso Subtel Nº 57.099, de 31.08.2011, complementada por ingreso Subtel Nº 46.916, de 29.05.2012, y
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Que no se formularon oposiciones a la solicitud de modificación referida en la letra a) precedente.
Decreto:
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Modifícase la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada para la localidad de Pichilemu, VI Región, señal distintiva XQC-530, otorgada mediante decreto supremo mencionado en la letra g) de los Vistos, cuyo titular es la sociedad Radio Corporación S.A., RUT Nº 96.677.320-0, con domicilio en Portugal Nº 810, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en los términos que a continuación se indican.
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Apruébase el proyecto técnico contenido en la solicitud de modificación presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría.
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Autorízase a la concesionaria para cambiar de ubicación el estudio, planta transmisora, cambiar características técnicas del sistema radiante e incorporar radioenlace estudio - planta, en los términos que a continuación se señalan:
Estudio.
- Dirección : J.J. Prieto Nº 874, Pichilemu,
VI Región.
- Coordenadas geográficas : 34º 23' 31,9" Latitud Sur;
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00' 14,7" Longitud Oeste.
Planta Transmisora.
- Dirección : Cerro Centinela s/n, Pichilemu,
VI Región.
- Coordenadas geográficas : 34º 22' 30,7" Latitud Sur;
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51'...
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