Decreto 283 - APRUEBA FORMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE AGUA POTABLE Y RECOLECCION Y DISPOSICION DE AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA COOPERATIVA DE SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LA COMUNA DE SAGRADA FAMILIA
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO |
Rango de Ley | Decreto |
APRUEBA FORMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE AGUA POTABLE Y RECOLECCION Y DISPOSICION DE AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA COOPERATIVA DE SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LA COMUNA DE SAGRADA FAMILIA
Núm. 283.- Santiago, 16 de noviembre de 2004.- Visto: Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº70 de 1988 del Ministerio de Obras Públicas y sus modificaciones contenidas en la ley Nº19.549; el decreto supremo Nº453 de 12 de diciembre de 1989, modificado por decreto supremo Nº109 del 10 de marzo de 1998, el decreto supremo Nº182 del 31 de marzo de 1995, todos ellos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, el artículo 68º del decreto supremo Nº121/91 del Ministerio de Obras Públicas, la ley Nº18.902; el Estudio Tarifario realizado por la Superintendencia de Servicios Sanitarios, y estos antecedentes.
Considerando:
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Que, en el proceso de fijación de tarifas de la Cooperativa de Servicio de Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado de la comuna de Sagrada Familia (en adelante Cooperativa Sagrada Familia) esta empresa hizo valer discrepancias con relación al estudio tarifario de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, las que fueron resueltas mediante un acuerdo directo entre dicha Superintendencia y el prestador, que se formalizó mediante acta de fecha 14 de Mayo de 2004.
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Que el acta de acuerdo directo se aprobó mediante resolución (exenta) de la Superintendencia de Servicios Sanitarios Nº2.455 de fecha 20 de Septiembre de 2004.
Decreto:
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Apruébense las siguientes fórmulas tarifarias
para obtener los precios máximos aplicables a los
servicios de producción y distribución de agua potable y
recolección y disposición de aguas servidas para la
Cooperativa Sagrada Familia.
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Fórmulas Tarifarias para usuarios finales
a.1 Cargo fijo mensual por cliente ($/mes): CFCL
CFCL = CF x IN1
a.2 Cargo variable por consumo de agua potable en período no punta ($/m3): CVAP
CVAP = CV1 x IN2 + CV4 x IN5
a.3 Cargo variable por consumo de agua potable en período punta ($/m3): CVAPP
CVAPP = CV2 x IN3 + CV5 x IN6
a.4 Cargo variable por sobreconsumo de agua potable en período punta ($/m3): CVAPP2
CVAPP2 = CV3 x IN4 + CV6 x IN7
a.5 Cargo variable por servicio de alcantarillado de aguas servidas ($/m3): CVAL
CVAL = CV7 x IN8 + CV8 x IN9
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La descripción de las variables incorporadas en las fórmulas tarifarias anteriores y sus respectivos valores, al 31 de diciembre de 2002, son los indicados a continuación:
b.1 Definición y valorización de los cargos tarifarios:
Variable Definición Valor
CF Cargo fijo por cliente 604,11
CV1 Cargo variable por producción
de agua potable en período
no punta. 123,16
CV2 Cargo variable por producción
de agua potable en período
punta. 98,65
CV3 Cargo variable de
sobreconsumo por
producción de agua
potable 124,15
en período punta.
CV4 Cargo variable por
distribución de agua
potable en período no punta. 95,59
CV5 Cargo variable por
distribución de agua
potable en período punta. 80,95
CV6 Cargo variable de
sobreconsumo por distribución
de agua potable 154,99
en período punta.
CV7 Cargo variable por
recolección de aguas servidas. 95,61
CV8 Cargo variable por
disposición de aguas
servidas sin tratamiento 25,67
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Polinomios de Indexación
IN1, IN2, IN3, IN4, IN5, IN6, IN7, IN8, IN9, IN10, IN11, IN12, IN13, IN14, IN15, IN16: polinomios de indexación de tarifas. Se calculan utilizando la siguiente fórmula general:
INi = ai x IIPC + bi x IIPMN + ci x IIPMI donde:
IIPC : Indice del Indice de Precios al Consumidor,
calculado como IPC/IPCo, en que IPC es el
Indice de Precios al Consumidor, publicado
por el INE e IPCo el correspondiente a
diciembre de 2002 IPCo = 112,86
IIPMN : Indice del Indice de Precios al por Mayor de
Productos Nacionales, calculado como
IPMN/IPMNo, en que IPMN es el Indice de
Precios al por Mayor de Productos Nacionales
publicado por el INE e IPMNo el
correspondiente a diciembre de 2002 IPMNo =
192,36
IIPMI : Indice del Indice de Precios al por Mayor de
Productos Importados, calculado como
IPMI/IPMIo, en que IPMI es el Indice de
Precios al por Mayor de Productos Importados
publicado por el INE e IPMIo el
correspondiente a diciembre de 2002 IPMIo =
206,16
A continuación se indican los valores de ai, bi y ci, para el respectivo INi.
Variable Definición INi ai bi ci
CF Cargo fijo
por cliente. 1 0,8014 0,1986 0,0000
CV1 Cargo variable
por producción
de agua potable 2 0,6783 0,3094 0,0123
en período no
punta.
CV2 Cargo variable
por producción
de agua potable 3 0,6782 0,3095 0,0123
en período punta.
CV3 Cargo variable
de sobreconsumo
por 4 0,6533 0,3320 0,0147
producción de
agua potable
en período punta.
CV4 Cargo variable por
distribución de
agua potable 5 0,6051 0,3376 0,0573
en período no punta.
CV5 Cargo variable
por distribución
de agua
potable 6 0,6051 0,3376 0,0573
en período punta.
CV6 Cargo variable de
...
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