Decreto 2 - APRUEBA REGLAMENTO DEL FONDO DE PROYECTOS DE DESARROLLO ARTISTICO Y CULTURAL DEL MINISTERIO DE EDUCACION PARA EL AÑO 2001 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 243344346

Decreto 2 - APRUEBA REGLAMENTO DEL FONDO DE PROYECTOS DE DESARROLLO ARTISTICO Y CULTURAL DEL MINISTERIO DE EDUCACION PARA EL AÑO 2001

EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto

APRUEBA REGLAMENTO DEL FONDO DE PROYECTOS DE DESARROLLO ARTISTICO Y CULTURAL DEL MINISTERIO DE EDUCACION PARA EL AÑO 2001

Núm. 2.- Santiago, 2 de enero de 2001.- Considerando: Que es de competencia del Ministerio de Educación estimular la creación artística y la protección e incremento del patrimonio cultural de la Nación.

Que estas funciones le corresponden especialmente a la División de Extensión Cultural, como asimismo, le compete proponer las normas generales que tiendan a tales objetivos, elaborando programas de carácter cultural y coordinando las actividades culturales que desarrollen los demás organismos del Ministerio.

Que la Ley de Presupuesto para el sector público para 2001 contempla en el ítem 33-095 del Programa 01 de la Subsecretaría de Educación, recursos para financiar proyectos de desarrollo artístico y cultural, a los que se accederá por concursos públicos, y además, para su operación.

Que es necesario reglamentar los procedimientos y bases de las postulaciones, los criterios de distribución del Fondo y la selección de los proyectos y procedimientos de control, así como la constitución y normas de funcionamiento de la Comisión Representativa del Mundo de la Cultura y de los Comités Regionales, los que deberán evaluar y seleccionar los proyectos y asignar los recursos.

Visto: Lo dispuesto en los artículos 32º Nº 8 y 35º de la Constitución Política de la República de Chile de 1980; artículo 2º inciso final de la ley Nº 18.962 de 1990; artículos y 2º letras a) y b), 4º y 9º de la ley Nº 18.956 de 1990; glosa 14 correspondiente a la clasificación presupuestaria 09-01-01-25-33-095 de la Subsecretaría de Educación; Ley de Presupuestos Nº 19.702 para el año 2001; y la resolución Nº 520 de la Contraloría General de la República de 1996,

D e c r e t o:

Apruébase el siguiente Reglamento del Fondo de Proyectos de Desarrollo Artístico y Cultural del Ministerio de Educación para el año 2001.

DEL FONDO DE PROYECTOS DE DESARROLLO ARTISTICO Y CULTURAL

Artículo 1º

El Ministerio de Educación a través de la División de Extensión Cultural y de las Secretarías Regionales Ministeriales de Educación, será el organismo encargado de la administración del Fondo de Proyectos de Desarrollo Artístico y Cultural, cuya distribución se hará a través de concursos públicos a nivel nacional y regional.

Para todos los efectos la sigla oficial del Fondo será "Fondart".

Capítulo I Artículos 2 a 35

De los concursos

Artículo 2º

Los concursos públicos deberán convocarse por el Ministerio de Educación durante el primer semestre del año y en el caso que hubiere recursos remanentes, se deberá convocar a nuevos concursos públicos en el segundo semestre del año.

Las convocatorias deberán realizarse por un medio de comunicación social que cubra el territorio nacional o regional, en su caso, con una anticipación de, a lo menos, treinta (30) días contados hacia atrás desde la fecha de cierre de la recepción de los proyectos. Además, en el caso del concurso nacional las Secretarías Regionales Ministeriales de Educación deberán darla a conocer en el territorio de su jurisdicción a través de conferencias de prensa u otras modalidades de difusión pública que ellas determinen; del mismo modo, deberán informarlos de manera especial a los Municipios, a las Instituciones de Educación, Centros Culturales, Centros Artesanales y entidades culturales y artísticas locales.

Artículo 3º

La asignación de fondos para proyectos de desarrollo artístico y cultural se realizará mediante concursos públicos, a nivel nacional y regional.

Artículo 4º

Los proyectos deberán presentarse convenientemente individualizados y descritos de modo que contengan los elementos suficientes para realizar su evaluación, de acuerdo con los procedimientos establecidos en el presente Reglamento. Podrán presentarse a los concursos personas naturales y jurídicas que cumplan con sus bases.

Artículo 5º

Para los efectos del presente Reglamento se considerará en la categoría "artistas jóvenes" a personas cuya edad sea igual o inferior a 29 (veintinueve) años.

T I T U L O I

Del concurso nacional

Artículo 6º

Existirá un concurso nacional destinado a financiar proyectos de creación y producción artística en las siguientes áreas:

  1. Artes visuales, integrada por pintura, escultura, fotografía, grabado, serigrafía, instalaciones, comic, arte textil y expresiones afines. Los proyectos presentados a esta área podrán incluir la difusión de las obras.

    Existirán tres categorías de postulación:

    - artistas con reconocida trayectoria

    - artistas jóvenes

    - artistas sin trayectoria en el campo de las artes visuales (inferior a 5 años)

  2. Artes audiovisuales, integrada por cine y video. Deberá indicarse la naturaleza del proyecto según las siguientes modalidades y cumpliendo los requisitos que se indican:

    - Proyectos de largometrajes: sólo se podrán presentar proyectos de producción de largometrajes (rodaje y post-producción). No se financiará proyectos de guiones ni en general de preparación de producciones fílmicas. Deberán incluir guión literario y técnico y, además, presentación de un presupuesto detallado, denominado "plan de producción", plan de financiamiento y video en formato VHS (norma NTSC) que contenga trabajos anteriores del director. Cuando se trate de post-producción, además deberán acompañar antecedentes escritos y audiovisual de la obra.

    - Proyectos de documentales: sólo se podrán presentar proyectos de producción de documentales (rodaje y post-producción), en formato de 35 mm., 16 mm. o video.

    Deberán incluir investigación, presupuesto detallado y plan de producción; excepcionalmente se aceptará incluir en el proyecto la finalización de la investigación correspondiente. Asimismo, se deberá acompañar video en formato VHS (norma NTSC) con trabajos audiovisuales anteriores del director; cuando se trate de post-producción, deberá acompañarse, además, antecedentes escritos y visuales de la obra.

    - Proyectos de cortometrajes cine 35 mm.: la obra fílmica propuesta en el proyecto en formato 35 mm. no deberá exceder de un tiempo de diez minutos de duración, teniendo como propósito principal su exhibición en salas de cine. Deberán incluir el guión literario y técnico, y un video en formato VHS (norma NTSC) en que se dé cuenta de trabajos anteriores del postulante. Cuando se trate de proyectos de post-producción, deberán acompañar antecedentes escritos y visual de la obra.

    - Proyectos de cortometraje de ficción en 16 mm. y video: se podrá presentar proyectos de producción en formato cine 16 mm. o video profesional, y post-producción en cine 16 mm. o video. Deberán incluir el guión del trabajo y un video en formato VHS (norma NTSC) en que se dé cuenta de trabajos anteriores del postulante. Cuando se trate de proyectos de post-producción, deberán acompañar antecedentes escritos y visual de la obra.

    - Proyectos de video: Proyectos en formato video postulados como video creación (video arte y video experimental). Deberá acompañarse guión del trabajo y antecedentes visuales de obras anteriores del postulante. Cuando se trate de proyectos de post-producción, deberán acompañar antecedentes escritos y visual de la obra.

  3. Teatro. Podrá presentarse proyectos de creación y montaje de una obra dramática o sólo de montaje teatral, en cualquier lenguaje estético, forma o estilo, el que deberá considerar, a lo menos, ocho presentaciones. Deberán incluir texto dramatúrgico, propuesta de dirección y propuesta de diseño integral. En ambos casos, se podrá incluir una fase de difusión de la obra en dos o más comunas de la región en la cual se postula o una o más comunas en otras regiones del país, para ello deberá identificar las comunas y acompañar cartas de compromiso de instituciones o personas que actuarán como contraparte local.

    Se podrá postular proyectos en las siguientes modalidades:

    - Proyectos de profesionales y compañías con reconocida trayectoria en el teatro;

    - Proyectos presentados por profesionales jóvenes;

    - Proyectos presentados por artistas y compañías con menos de cinco (5) años de labor en el campo del teatro.

  4. Danza. Podrá presentarse proyectos de creación y/o montaje de una obra coreográfica, en cualquier lenguaje estético, forma o estilo de danza, para ser presentada en vivo en, a lo menos, ocho funciones, pudiendo incluir además la difusión de la obra mediante su registro en soporte audiovisual o programas de extensión en cuatro o más comunas de la región en que postula o en otras regiones del país. Deberá incluir reseña literaria, guión técnico y presupuesto detallado; además, en el caso de contemplar itinerancia de la obra deberá identificar las comunas y acompañar cartas de compromiso de instituciones o personas que actuarán como contraparte local.

    Atendiendo el desarrollo de la danza en Chile, se establecen las siguientes modalidades y cumpliendo los requisitos que se indican:

    - Proyectos presentados por profesionales o compañías con reconocida trayectoria, en cuyo caso las obras no tendrán limitación respecto de su duración;

    - Proyectos presentados por compañías o profesionales sin trayectoria, jóvenes o adultos. En este caso las obras no podrán exceder los veinte (20) minutos de duración, teniendo como propósito principal, el posibilitar su participación en festivales, encuentros u otros, que propicien la interacción de los creadores noveles y/o de proyectos experimentales si fuere el caso; todo sin perjuicio del requisito de considerar, a lo menos, ocho funciones a público.

  5. Música. Podrá presentarse proyectos de creación y/o producción de una obra musical. Estos proyectos podrán incluir la difusión de las obras creadas o recopiladas.

    Se podrá postular en las siguientes categorías:

    - Proyectos presentados por músicos y grupos musicales con reconocida trayectoria.

    - Proyectos presentados por músicos jóvenes.

    - Proyectos presentados...

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