Decreto 225 - FIJA PRECIOS DE NUDO PARA SUMINISTROS DE ELECTRICIDAD;QUE SE INDICA
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO |
Rango de Ley | Decreto |
FIJA PRECIOS DE NUDO PARA SUMINISTROS DE ELECTRICIDAD QUE SE INDICA
Núm. 225.- Santiago, 15 de diciembre de 2003.-
Visto: Lo dispuesto en el artículo 103 del DFL Nº 1, de 1982, del Ministerio de Minería; el artículo 290 del D.S. Nº 327, de 1997, del Ministerio de Minería; lo informado por la Comisión Nacional de Energía, en su Oficio ORD. CNE Nº 1292, de fecha 15 de octubre de 2003 y N° 1607 de 15 de diciembre de 2003, y lo resuelto por la Contraloría General de la República en sus oficios números N° 053289 y N° 056483, ambos de 2003.
Decreto:
Fíjanse los siguientes precios de nudo, sus fórmulas de indexación y las condiciones de aplicación de los mismos, para los suministros de electricidad a que se refiere el número 3 del artículo 90º del DFL Nº 1, de 1982, de Minería, que se efectúen desde las subestaciones de generación-transporte que se señalan. Estos precios entrarán en vigencia el tercer día hábil siguiente a la fecha de publicación de este Decreto.
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PRECIOS DE NUDO
1.1 Precios base de nudo en subestaciones troncales.
A continuación se detallan los precios base por potencia de punta y por energía que se aplicarán a los suministros servidos en las subestaciones denominadas troncales, y para los niveles de tensión que se indican.
Sistema Interconectado del Norte Grande
Subestación Tensión Precio Precio Potencia de
Troncal (KV) Base de la Base de Influencia
Potencia de punta la Energía (MW)
($/KW/mes) ($/KWh)
Arica 110 4781,97 16,707 5
Pozo Almonte 220 5312,23 18,527 45
Parinacota 220 5653,11 18,932 45
Cóndores 220 5367,63 18,566 45
Tarapacá 220 5221,21 18,243 45
Lagunas 220 5251,74 18,272 45
Crucero 220 4915,38 17,107 10
Central
Atacama 220 4870,15 16,734 45
Chacaya 220 4510,62 15,776 45
Capricornio 220 4615,20 16,168 45
Mantos
Blancos 220 4651,38 16,286 45
Mejillones 220 4473,31 15,691 10
Antofagasta 110 4678,51 16,351 5
Esmeralda 220 4951,56 17,016 45
Sistema Interconectado Central
Subestación Tensión Precio Precio Potencia de
Troncal (KV) Base de la Base de Influencia
Potencia de punta la Energía (MW)
($/KW/mes) ($/KWh)
Diego de
Almagro 220 3352,04 15,719 100
Carrera
Pinto 220 3519,08 16,507 100
Cardones 220 3610,66 16,860 100
Maitencillo 220 3572,00 16,896 100
Pan de
Azúcar 220 3739,04 16,881 100
Quillota 220 3754,06 16,367 60
Polpaico 220 3753,68 16,520 40
Cerro Navia 220 3811,49 16,448 40
Alto Jahuel 220 3887,69 16,746 40
Rancagua 154 3978,15 17,032 40
San Fernando 154 3916,97 17,155 20
Itahue 154 3799,85 16,466 20
Parral 154 3806,23 16,470 20
Ancoa 220 3724,40 16,058 20
Charrúa 220 3698,50 15,750 20
Concepción 220 3722,90 15,948 150
San Vicente 154 3863,66 16,560 150
Temuco 220 3851,28 17,063 20
Valdivia 220 3872,30 16,600 20
Puerto Montt 220 3819,37 16,762 20
Pugueñún 110 5919,93 25,981 3
Sistema Coyhaique
Subestación Tensión Precio Precio Potencia de
Troncal (KV) Base de la Base de Influencia
Potencia de punta la Energía (MW)
($/KW/mes) ($/KWh)
Coyhaique 33 6168,93 32,760 4
Sistema Punta Arenas
Subestación Tensión Precio Precio Potencia de
Troncal (KV) Base de la Base de Influencia
Potencia de punta la Energía (MW)
($/KW/mes) ($/KWh)
Tres Puentes 66 6159,47 25,188 18
Sistema Puerto Natales
Subestación Tensión Precio Precio Potencia de
Troncal (KV) Base de la Base de Influencia
Potencia de punta la Energía (MW)
($/KW/mes) ($/KWh)
Puerto
Natales 13,2 6159,47 39,244 1
Sistema Puerto Porvenir
Subestación Tensión Precio Precio Potencia de
Troncal (KV) Base de la Base de Influencia
Potencia de punta la Energía (MW)
($/KW/mes) ($/KWh)
Puerto
Porvenir 23 7560,27 29,280 1
Los precios de nudo en las subestaciones de centrales generadoras cuya potencia instalada supere la potencia de influencia de la subestación troncal más cercana, serán iguales a los precios en dicha subestación troncal para el mismo nivel de tensión.
Estas subestaciones de centrales generadoras, en conjunto con las subestaciones troncales, se denominarán subestaciones principales. Los precios de nudo para las subestaciones principales, en otros niveles de tensión, y para el resto de las subestaciones de generación-transporte, incluidas las subestaciones de centrales generadoras no principales, serán iguales a los que se determinen según lo señalado en 1.2.
1.2 Precios base de nudo en subestaciones principales
en niveles de tensión diferentes a los señalados
en 1.1 y en subestaciones no principales.
Los precios de nudo en subestaciones principales en niveles de tensión diferentes a los señalados en 1.1 y en subestaciones no principales, incluidas las subestaciones primarias de distribución, se determinarán incrementando los precios de la energía y de la potencia de punta de la subestación principal que corresponda conforme se establece en 2.1, en los cargos por concepto de transformación y de transporte que resulten de la aplicación de las fórmulas siguientes, y verificando que no se exceda los límites denominados costos de conexión directa, de acuerdo con las condiciones de aplicación que se establece en 2.
Cargo por concepto de transformación y transporte de energía:
PBEP * ((1+ CBTE / 100)*(1+ (CBLEi * kmi /100 )) -1)
Cargo por concepto de transformación y transporte de potencia:
CBTP + (FE*CBLPi * kmi)
donde:
PBEP es el precio base de la energía en la subestación
principal.
CBTE es el cargo base por transformación de energía
desde el nivel de tensión en que se dispone del
precio base en la subestación principal al nivel
de tensión en que se desea calcular el precio de
nudo. Se expresa en (%).
CBTP es el cargo base por transformación de potencia
desde el nivel de tensión en que se dispone del
precio base en la subestación principal al nivel
de tensión en que se desea calcular el precio de
nudo. Se expresa en ($/kW/mes).
n es el número de tramos líneas de transmisión
hasta el punto en que se desea calcular el precio
de nudo, para un mismo nivel de tensión.
CBLEi es el cargo base por transporte de energía,
denominado CBLE, correspondiente al tramo i,
expresado en (%/km).
CBLPi es el cargo base por transporte de potencia,
denominado CBLP, correspondiente al tramo i,
expresado en ($/kW-mes/km).
FE Parámetro de enmallamiento para ajuste de costo
de inversión aplicable a tramo 'i', (p,u,).
kmi es la longitud de cada tramo i, calculada de
acuerdo a lo indicado en 2.2 expresada en
kilómetros.
Estos cargos permiten obtener los factores de penalización de energía y de potencia en estos nudos e incorporan todos los costos de inversión, operación, mantenimiento, y pérdidas de potencia y energía en las instalaciones. Los valores para CBTE, CBLE, CBTP, y CBLP se indican a continuación. Por definición, los precios de nudo en subestaciones primarias de distribución no incluirán cargos por transporte de energía ni cargos por transporte de potencia en niveles de tensión de distribución.
Valor de CBTE(%) desde la tensión señalada en 1.1:
Sistema Interconectado del Norte Grande
Subestación a 154 KV a 110 KV a menos a nivel
Principal de 100 KV de
Correspondiente y más distribución
de 30 KV
Arica 0 0,00 2,25 4,07
Pozo Almonte 0 1,49 4,34 6,13
Parinacota 0 1,49 4,34 6,13
Cóndores 0 1,49 4,34 6,13
Tarapacá 0 1,49 4,34 6,13
Lagunas 0 1,49 4,34 6,13
Crucero 0 0,00 0,00 3,84
Central Atacama 0 1,49 4,34 6,13
Chacaya 0 1,49 4,34 6,13
Capricornio 0 1,49 4,34 6,13
Mantos Blancos 0 1,49 4,34 6,13
Mejillones 0 3,39 4,34 6,13
Antofagasta 0 0,00 2,86 3,24
Esmeralda 0 1,49 4,34 6,13
Sistema Interconectado Central
Subestación a 154 KV a 110 KV a menos a nivel
Principal de 100 KV de
Correspondiente y más distribución
de 30 KV
Diego de Almagro 0 4,52 7,63 12,89
Carrera Pinto 0 4,52 7,63 12,89
Cardones 0 4,52 6,09 12,81
Maitencillo 0 4,52 7,63 13,19
Pan de Azúcar 0 4,26 7,38 12,25
Quillota 0 2,76 5,58 10,30
Polpaico 0 2,33 4,21 10,30
Cerro Navia 0 2,33 4,21 10,30
Alto Jahuel 0 2,33 4,21 10,30
Rancagua 0 4,14 4,14 9,19
San Fernando 0 4,14 4,14 9,19
Itahue 0 4,14 4,14 9,07
Parral 0 4,14 4,14 9,19
Ancoa 0 4,61 4,61 10,30
Charrúa 0 3,73 4,69 10,30
Concepción 0 2,84 4,69 10,30
San Vicente...
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