Decreto núm. 1407, publicado el 07 de Enero de 1992. FACULTA A LOS MINISTROS DE ESTADO PARA FIRMAR 'POR ORDEN DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA', DECRETOS SUPREMOS QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DEL INTERIOR |
Rango de Ley | Decreto |
FACULTA A LOS MINISTROS DE ESTADO PARA FIRMAR "POR ORDEN DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA", DECRETOS SUPREMOS QUE INDICA
Santiago, 19 de Diciembre de 1991.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 1.407.- Vistos: Las facultades que me confiere el inciso segundo del artículo 5° de la Ley N° 16.436; el artículo 43 de la Ley N° 18.575; art. 65 de la Ley N° 16.840; y las atribuciones de los artículos 32 N° 8 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile, y Considerando: La necesidad de hacer más expedito el despacho de la documentación correspondiente a las distintas Secretarías de Estado,
Decreto:
Delégase en los Ministros de Estado la facultad de suscribir, bajo la fórmula "Por Orden del Presidente de la República", los decretos supremos relativos a las materias que a continuación se señalan:
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- Comisiones de servicio y de estudio en el extranjero o como beneficiarios de becas, dispuestas de conformidad a los artículos 8° letra c) de la Ley N° 18.948, 52 letra n) de la Ley N° 18.961 y 71 de la Ley N° 18.834, excluídas las que se refieren a funcionarios de la exclusiva confianza del Presidente de la República.
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- Contratos de personal a honorarios que se pagan por mensualidades, siempre que la remuneración mensual no exceda de 10 UTM.
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- Contratos de personal a honorarios a suma alzada u otro sistema, siempre que éstos no representen una retribución mensual superior a 10 UTM.
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- Contratos a honorarios de personas jurídicas cuyo monto total no exceda de 100 UTM.
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- Exención del uso del disco distintivo y autorización para la circulación en días sábados, domingos y festivos de vehículos sujetos a las disposiciones del decreto ley N° 799, de 1974.
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- Nombramientos de empleados civiles en las plantas de Carabineros e Investigaciones.
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- Llamado, prórroga y término del llamado al servicio activo en la reserva de las instituciones de las Fuerzas Armadas.
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- Abonos por años de servicio por accidente en actos de servicio o a consecuncia del mismo, del personal de las Fuerzas Armadas, Carabineros e Investigaciones.
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- Fijación y modificación de tarifas de peajes.
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- Declaración de normas oficiales.
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- Reajuste de la unidad de subvención educacional.
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- Establecimiento de sobretasas arancelarias y modificaciones arancel aduanero.
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- Fijación de derechos compensatorios en importación de mercaderías.
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- Fijación de derechos específicos en importación de mercaderías.
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- Fijación...
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