Decreto 131 - FACULTA AL MINISTRO DE MINERIA A FIRMAR POR ORDEN DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA EN MATERIA DE CONCESIONES DE ENERGIA GEOTERMICA - MINISTERIO DE MINERÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 242474438

Decreto 131 - FACULTA AL MINISTRO DE MINERIA A FIRMAR POR ORDEN DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA EN MATERIA DE CONCESIONES DE ENERGIA GEOTERMICA

EmisorMINISTERIO DE MINERÍA
Rango de LeyDecreto

FACULTA AL MINISTRO DE MINERIA A FIRMAR "POR ORDEN DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA" EN MATERIA DE CONCESIONES DE ENERGIA GEOTERMICA

Núm. 131.- Santiago, 26 de diciembre de 2002.- Vistos: Los artículos y 43º del decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; lo dispuesto en el título II de la ley 19.657 sobre Concesiones de Energía Geotérmica; los artículos 32º Nº 8 y 35º de la Constitución Política de la República de Chile; la resolución Nº 520 de 1996 de la Contraloría General de la República.

Considerando: 1. La necesidad de hacer más expedita la tramitación de los decretos de concesiones de energía geotérmica.

D e c r e t o:

Artículo único

Delégase en el Ministro de Minería la facultad de suscribir bajo la fórmula "Por orden del Presidente de la República" los decretos supremos relativos a concesiones de energía geotérmica, regulados en la ley Nº 19.657.

Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Alfonso Dulanto Rencoret, Ministro de Minería.

Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Patricio Morales Aguirre, Subsecretario de Minería.

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