Decreto núm. 1 EXENTO, publicado el 02 de Julio de 1991. DISPONE DIVERSAS MEDIDAS EXTRAORDINARIAS DE CARÁCTER ADMINISTRATIVO PARA EL FONDO DE SOLIDARIDAD E INVERSION SOCIAL POR ESTADO DE CATASTROFE EN ZONA QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE PLANIFICACION Y COOPERACION |
Rango de Ley | Decreto |
DISPONE DIVERSAS MEDIDAS EXTRAORDINARIAS DE CARACTER ADMINISTRATIVO PARA EL FONDO DE SOLIDARIDAD E INVERSION SOCIAL POR ESTADO DE CATASTROFE EN ZONA QUE INDICA Santiago, 19 de Junio de 1991.- Hoy se decretó lo que sigue: Núm.- 1 exento.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 32, N° 8 de la Constitución Política de la República de Chile; los artículos 9° y 10 de la Ley N° 18.425; la Ley N° 19.989; artículo 3° del Decreto Supremo N° 104 de 1977, del Ministerio del Interior que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del Título I de la Ley N° 16.282 y el Decreto Supremo N° 513 de 1991, del Ministerio del Interior, y Teniendo presente: La urgente necesidad de acudir en ayuda inmediata de los damnificados por la catástrofe que aflige a los habitantes de la comuna de Antofagasta. Las funciones que competen al Fondo de Solidaridad e Inversión Social (FOSIS), particularmente aquellas que le permiten actuar en auxilio de quienes sufren situaciones de pobreza. Decreto:
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Pónese a disposición del Secretario Regional Ministerial de Planificación y Coordinación de la II Región, Antofagasta, la suma de $ 300.000.000 (trescientos millones), para que la destine al financiamiento de operaciones de emergencia en la ciudad de Antofagasta, de...
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