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Decreto núm. 277, publicado el 02 de Diciembre de 1991. EXTINGUE CONCESION DE RADIODIFUSION SONORA OTORGADA A LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CHAÑARAL,

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

EXTINGUE CONCESION DE RADIODIFUSION SONORA OTORGADA A LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CHAÑARAL,

Santiago, 17 de Octubre de 1991.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 277.- Vistos:

  1. La Ley No. 18.168, de 1982, modificada por las Leyes N°s.

    18.482, de 1985, 18.591 y 18.681, ambas de 1987, 18.838, de 1989, y por el DFL No. 1, de 1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  2. El Decreto Ley No. 1.762, de 1977,

  3. El artículo 1° de la Ley No. 16.436, de 1966.

  4. El No. 2, letra b) del párrafo II de la Resolución No.

    1.050, de 1980, de la Contraloría General de la República.

  5. El Decreto Supremo No. 29, de 09.05.83, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones publicado en el Diario Oficial No. 31.641, de 10.08.83.

  6. Los oficios Subtel No. 33269, de 01.10.85; No. 33955, de 16.12.86; No. 30900, de 17.03.88 y No. 30428, de 30.01.89.

    Considerando:

    1. - Que, por Decreto Supremo citado en la letra e) de los Vistos, se otorgó una concesión de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, para la ciudad de Chañaral, a la Ilustre Municipalidad de Chañaral.

    2. - Que, conforme a los oficios remitidos a la concesionaria y citados en letra f) de los Vistos, existe constancia reiterada de que ha alterado, sin permiso previo, la ubicación del sistema radiante, estudios y frecuencia de operación. Asimismo, la infractora no ha dado respuesta a estos oficios, ni ha tomado medida alguna para regularizar la situación que fuera destacada en cada ocasión.

    3. - Que, conforme a lo anteriormente contemplado, la concesionaria se hace acreedora a la aplicación del artículo 23, letra c) de la Ley 18.168, de 1982, Ley General de Telecomunicaciones.

    4. - Lo propuesto por la Subsecretaría de Telecomunicaciones por oficio Ord. No. 34849, de 17.10.91.

    Decreto:

    Declárase extinguida de conformidad a lo dispuesto en el

Artículo 23°

letra c) de la Ley 18.168, de 1982, la concesión de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada, para la ciudad de Chañaral, otorgada a la Ilustre Municipalidad de Chañaral, mediante Decreto Supremo No. 29, de 09.05.83 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, por haber alterado, sin permiso previo, elementos de la esencia de la...

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