Decreto 154 - DECLARA DESIERTA LICITACIÓN PÚBLICA DE CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN DE ENERGÍA GEOTÉRMICA DENOMINADA SAN PEDRO N°1 UBICADA EN LA SEGUNDA REGIÓN DE ANTOFAGASTA, PROVINCIA DE EL LOA, COMUNA DE SAN PEDRO DE ATACAMA - MINISTERIO DE MINERÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 241122910

Decreto 154 - DECLARA DESIERTA LICITACIÓN PÚBLICA DE CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN DE ENERGÍA GEOTÉRMICA DENOMINADA SAN PEDRO N°1 UBICADA EN LA SEGUNDA REGIÓN DE ANTOFAGASTA, PROVINCIA DE EL LOA, COMUNA DE SAN PEDRO DE ATACAMA

EmisorMINISTERIO DE MINERÍA
Rango de LeyDecreto

DECLARA DESIERTA LICITACIÓN PÚBLICA DE CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN DE ENERGÍA GEOTÉRMICA DENOMINADA "SAN PEDRO N°1" UBICADA EN LA SEGUNDA REGIÓN DE ANTOFAGASTA, PROVINCIA DE EL LOA, COMUNA DE SAN PEDRO DE ATACAMA

Núm. 154.- Santiago, 27 de julio de 2007.- Vistos:

Lo dispuesto en la Ley N°19.657, sobre concesiones de energía geotérmica y su Reglamento aprobado mediante decreto N° 32, de Minería, de 22 de abril de 2004 (Anexo 1); lo dispuesto en el decreto supremo N°142, de Minería, de 28 de abril de 2000, que Identifica las Fuentes Probables de Energía Geotérmica, publicado en el Diario Oficial de 28 de junio de 2000 y, su modificación, contenida en el decreto supremo N° 78, de Minería, de 14 de marzo de 2001, publicado en el Diario Oficial de 3 de mayo de 2001 (Anexo 2); la solicitud presentada con fecha 21 de abril de 2006 por don Juan Enrique Barriga Ugarte y don Nibaldo Sepúlveda Mójer, ambos en representación de Sociedad Contractual Minera Virginia (Anexo 3); la solicitud presentada con fecha 29 de junio de 2006 por don Fernando Ramírez y don Lizandro Rojas, ambos en representación de Empresa Nacional de Geotermia S.A. (Anexo 4); los oficios del Sernageomin N°1071, de 10 de agosto de 2006 y Nº 381 de 20 de marzo de 2007 (Anexo 5); la resolución N°465, de Minería, de 11 de abril de 2007, que aprueba las bases administrativas técnicas particulares para la licitación pública de concesión de energía geotérmica denominada "San Pedro N°1" (Anexo 6); las publicaciones del extracto a la convocatoria del llamado a licitación pública en el Diario Oficial de fecha 16 de abril de 2007, en el diario La Nación de 30 de abril de 2007, y en el diario El Mercurio de Calama, de 30 de abril de 2007 (Anexo 7); la resolución exenta N° 207, de Minería, de 2 de abril de 2003, que designó el Comité de Análisis de Solicitudes de Concesiones de Energía Geotérmica (Anexo 8); la resolución exenta N°1.054, de Minería, de fecha 3 de julio de 2007, que aprueba el acta de apertura de la licitación pública (Anexo 9); el decreto N°131, de Minería, de 26 de diciembre de 2002, publicado en el Diario Oficial de 16 de enero de 2003, que faculta al Ministro de Minería a firmar por orden del Presidente de la República en materia de Energía Geotérmica (Anexo 10) y la resolución N° 520 de la Contraloría General de la República, de 1996 y sus modificaciones posteriores, y

Considerando:

  1. Que, don Juan Enrique Barriga Ugarte y don Nibaldo...

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