Decreto 370 EXENTO - MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL CELULAR A LA EMPRESA TELEFÓNICA MÓVILES CHILE S.A. - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 239658182

Decreto 370 EXENTO - MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL CELULAR A LA EMPRESA TELEFÓNICA MÓVILES CHILE S.A.

EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL CELULAR A LA EMPRESA TELEFÓNICA MÓVILES CHILE S.A.

Santiago, 12 de mayo de 2009.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 370 exento.- Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

  4. La resolución exenta Nº 354 de 1988, modificada por resolución exenta Nº 643 de 1997, ambas de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que Fija Norma Técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Celular que opera en la Banda de 800 MHz.

  5. Los decretos supremos Nº 189 de 1988 y 114 de 1989, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgaron las concesiones y sus modificaciones posteriores.

    Considerando:

  6. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 54.772 de 09.12.2008.

  7. Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión,

    Decreto:

    Modifícanse las concesiones de Servicio Público de Telefonía Móvil Celular, cuya actual titular es Telefónica Móviles Chile S.A., RUT Nº 87.845.500-2, con domicilio en Av. El Bosque Sur Nº 90, piso 13, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

    1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar nueve (9) Estaciones Base, según se indica a continuación:

      VER DIARIO OFICIAL DE 12.06.2009, PÄGINAS 17-18.

      Las Estaciones Base se ubicarán en infraestructura existente, salvo la Estación Base San Felipe Sur, y todas se conectarán a la red, a través de medios propios o arrendados a terceros debidamente autorizados.

    2. Los plazos máximos se indican a continuación:

      VER DIARIO OFICIAL DE 12.06.2009, PÄGINA 18.

    3. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentado por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos...

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