Decreto 626 EXENTO - TASAS DE DERECHOS A SOLICITUDES DE LA LEY N° 17.798 SOBRE CONTROL DE ARMAS Y ELEMENTOS SIMILARES - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 239360998

Decreto 626 EXENTO - TASAS DE DERECHOS A SOLICITUDES DE LA LEY N° 17.798 SOBRE CONTROL DE ARMAS Y ELEMENTOS SIMILARES

EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyDecreto

TASAS DE DERECHOS A SOLICITUDES DE LA LEY N° 17.798 SOBRE CONTROL DE ARMAS Y ELEMENTOS SIMILARES

Santiago, 4 de agosto de 2009.- Con esta fecha se ha decretado lo siguiente:

Núm. 626 exento.- Visto:

  1. Lo dispuesto en el Nº 6 del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile.

  2. Lo dispuesto en el artículo 26, incisos 1 y 2 de la Ley Nº 17.798, agregado por el Artículo 1 del Decreto Ley Nº 2.553 de 1979.

  3. D.S. Nº 19 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de fecha 22.ENE.2001.

  4. La Resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República.

  5. Lo propuesto por la Dirección General de Movilización Nacional.

    Decreto:

    1. Fíjase para regir en el Segundo Semestre del año 2009 las Tasas de Derechos a las solicitudes y diligencias relacionadas con la Ley N° 17.798, sobre Control de Armas y Elementos Similares, de acuerdo al siguiente detalle:

    ITEM SOLICITUD TASA

    1. SOLICITUD Y DILIGENCIAS RELACIONADAS

    CON ARMAS Y MUNICIONES.

    Inscripciones:

    01* Solicitud para construir, legalizar,

    ampliar, modificar, inscribir o renovar

    inscripción de fábrica o armaduría

    (incluyendo industria, plantas

    independientes y polígonos de prueba,

    para comerciantes, importadores y

    reparadores de armas) $36.600.-

    02* Solicitud para inscribirse por primera vez en los registros nacionales de :

  6. Importador de armas, partes

    y piezas de armas, municiones,

    partes y piezas de municiones,

    cartuchos industriales,

    elementos de salvataje del

    tipo marítimo, terrestre y

    aéreo, gases irritantes,

    electroshock y elementos

    similares (cada rubro) $ 36.600.-

  7. Importador de material bélico. $ 36.600.-

    ITEM SOLICITUD TASA

  8. Exportador de armas, partes y

    piezas de armas, municiones,

    partes y piezas de municiones,

    cartuchos industriales,

    elementos de salvataje del

    tipo marítimo, terrestre y

    aéreo, gases irritantes,

    electroshock y elementos

    similares (cada rubro) $ 36.600.-

  9. Exportador de material bélico. $ 36.600.-

  10. Comerciante en armas, partes y

    piezas de armas, municiones,

    partes y piezas de municiones,

    cartuchos industriales,

    elementos de salvataje del

    tipo marítimo, terrestre y

    aéreo, gases irritantes,

    electroshock y elementos

    similares (cada rubro) $ 36.600.-

  11. Comerciante de material bélico. $ 36.600.-

  12. Reparador y Transformador

    de Armas $ 36.600.-

    03* Solicitud para renovar inscripción

    anual en los registros nacionales de:

  13. Importador de productos sometidos a

    control. $ 36.600.-

  14. Importador de material bélico $ 36.600.-

  15. Exportador de productos

    sometidos a control. $ 36.600.-

  16. Exportador de material bélico $ 36.600.-

  17. Comerciante de productos

    sometidos a control $ 36.600.-

  18. Comerciante de material bélico. $ 36.600.-

  19. Reparador y Transformador

    de Armas $ 36.600.-

    04* Solicitud para inscribirse o renovar

    inscripción anual en el Registro

    Nacional como "Consumidor

    Habitual" de:

  20. Municiones (para Clubes

    de Tiro y Caza afiliados

    a la respectiva Federación

    e Instituciones autorizadas

    por la Ley) $ 36.600.-

  21. Cartuchos industriales $ 30.700.-

  22. Elementos de seguridad y

    salvataje del tipo marítimo,

    terrestre y aéreo. $ 30.700.-

    05* Solicitud para inscribirse en el

    Registro Nacional como:

  23. Deportista. $ 19.600.-

  24. Deportista Calificado. $ 26.600.-

    06* Solicitud para:

  25. Inscribirse en el Registro

    Nacional de Coleccionista

    de Armas, de acuerdo al

    siguiente detalle:

    1) De 1 a 10 armas. $ 10.000.-

    2) De 11 a 30 armas. $ 19.600.-

    3) De 31 a 200 armas. $ 36.600.-

  26. Renovación de registro

    coleccionista cada 5 años. $ 7.700.-

  27. Inscribirse en el Registro

    Nacional de Coleccionista de

    Munición $ 7.700.-

    07 Solicitud de inscripción:

  28. Arma de fuego inscrita por

    primera vez (c/u) $ 10.000.-

  29. Una máquina lanzadora, de

    disparo o elementos de similares

    características. $ 10.000.-

  30. Una máquina recargadora de

    munición $ 36.600.-

    Porte y transporte de Armas:

    08 a) Solicitud para portar un arma

    de puño Defensa Personal $ 36.600.-

    ITEM SOLICITUD TASA

  31. Solicitud para portar un arma

    de Seguridad y Protección $ 19.600.-

  32. Solicitud de permiso para

    transportar armas para

    deportistas o cazadores,

    sólo para uso de estos fines,

    por el período de 2 años,

    se cancela por arma. $ 19.600.-

    Adquisiciones:

    09 Autorización para comprar (comerciantes

    inscritos)

  33. Elementos Sometidos a Control $ 36.600.-

  34. Armas:

    1. 1 a 5 uu $ 19.600.-

    2. Mas de 5 uu. $ 36.600.-

    10 Autorización para comprar un Arma

    de Fuego Nueva (particulares) $ 19.600.-

    11 Autorización para comprar Municiones:

  35. Cartuchos de proyectil

    múltiple, para armas

    inscritas:

    1. De caza, con permiso

      de transporte de armas

      vigente, por unidad, no

      excediendo las 3.000 uu.

      anuales por arma

      inscrita. $ 10.-

    2. De caza, sin permiso de

      transporte de armas vigente,

      por unidad, no excediendo

      las 500 uu. anuales por arma

      inscrita. $ 10.-

    3. De deporte, con permiso de

      transporte de armas vigente,

      por unidad, no excediendo

      las 3.000 uu. anuales por arma

      inscrita. $ 10.-

    4. De deporte, sin permiso de

      transporte de armas, por

      unidad, no excediendo las

      500 uu. anuales por arma

      inscrita $ 10.-

    5. De seguridad y protección,

      por unidad, no excediendo las

      500 uu. anuales por arma

      inscrita $ 10.-

  36. Cartuchos de proyectil único,

    para arma inscrita:

    1. De caza, con permiso de

      transporte de armas vigente,

      por unidad, no excediendo

      las 3.000 uu. anuales por arma

      inscrita. $ 10.-

    2. De caza, sin permiso de

      transporte de armas vigente,

      por unidad, no excediendo

      las 100 uu. anuales por arma

      inscrita. $ 10.-

    3. De deporte, con permiso de

      transporte de armas vigente,

      por unidad, no excediendo

      las 3.000 uu. anuales por arma

      inscrita. $ 10.-

    4. Deportista sin permiso de

      transporte de armas, por unidad,

      no excediendo las 100 uu.

      anuales por arma inscrita $ 10.-

    5. De seguridad y protección,

      por unidad, no excediendo las

      300 uu. anuales por arma

      inscritas $ 10.-

  37. Cartuchos para armas de Defensa

    Personal con o sin permiso de

    porte de armas, por unidad,

    hasta 100 uu. anuales por arma

    inscrita $ 10.-

  38. Cartuchos para Clubes de Tiro

    y/o Caza afiliados a una Federación,

    Empresas e Instituciones

    inscritos como Consumidores

    Habituales de Munición, cada

    3.000 uu. (no excediendo el

    almacenamiento autorizado por

    resolución de la Dirección

    General) $ 6.000.-

  39. Componentes de munición permitidos:

    1. Para particulares:

      Componentes para cartuchos

      de caza cada 1 kgs. de

      pólvora, cada 700 vainillas

      y cada 700 fulminantes,

      con máquina recargadora

      inscrita. (No excediendo las

      3.000 uu. anuales por

      calibre). $ 4.400.-

    2. Para deportistas calificados:

      Componentes para cartuchos

      de caza y proyectil único

      cada 1 kgs. de pólvora,

      cada 700 vainillas, cada 700

      fulminantes y cada 700

      puntas de bala, con máquina

      recargadora inscrita.

      (No excediendo las 3.000 uu.

      anuales por calibre) $ 4.400.-

  40. Componentes de munición

    permitidos cada 4,5 kgs. de

    pólvora, 3.200 vainillas,

    3.200 fulminantes y 3.200

    puntas de bala, para Clubes

    de Tiro con máquina recargadora

    inscrita, por calibre $ 5.700.-

    12 Solicitud de autorización de compra

    especial según en cada caso se indica:

  41. Para Deportistas Calificados:

    1. De munición, cada 5.000 uu.

      (según resolución que en

      cada caso dicte la

      Autoridad), luego del

      consumo de las

      3.000 uu. anuales por

      calibre $ 19.600.-

    2. De componentes de la

      munición cada 3 kgs.

      de pólvora, 2.100

      vainillas, 2.100

      fulminantes y 2.100 puntas

      de bala, con máquina

      recargadora inscrita

      (según resolución que

      en cada caso dicte la

      Autoridad) $ 19.600.-

  42. Para empresas capacitadoras

    de Vigilantes Privados:

    De munición, cada 3.000 uu.

    (según resolución que en cada

    caso dicte la Autoridad),

    luego del consumo de las 3.000

    uu. anuales por calibre. $ 19.600.-

    13 Autorización para comprar:

  43. Cada 1.000 uu de cartuchos

    industriales. $ 1.900.-

    ITEM SOLICITUD TASA

  44. Por cada elemento de salvataje

    del tipo marítimo, terrestre

    y aéreo y cualquier otro

    elemento de características

    similares

    (personas naturales y/o

    jurídicas). $ 400.-

    14 Solicitudes de Transferencia de:

  45. Armas de fuego (con inscripción

    incluida) $ 27.100.-

  46. Una máquina lanzadora, de

    disparo o elementos de similares

    características (con inscripción

    incluida) $ 27.800.-

  47. Máquinas recargadoras (con

    inscripción incluida) $ 36.600.-

  48. Armas de fuego por defunción

    de su propietario $ 10.000.-

    15 Autorización para Comprar una máquina

    recargadora de cartuchos de

    munición nueva. $ 36.600.-

    16 Solicitud de renovación de inscripción

    de una máquina recargadora

    de munición (cada 3 años). $ 19.600.-

    17 Autorización para comprar cada 1

    repuesto para armas de fuego

    (cierre, cañón, cajón de mecanismo

    o básculas y otros conjuntos de

    piezas completos). $ 3.900.-

    18 Autorización para comprar un arma

    para Servicio de Vigilantes

    Privados, autorizado por Decreto

    del Ministerio del Interior. $ 23.400.-

    19 Autorización para comprar cartuchos

    para armas de Servicio de

    Vigilantes Privados autorizados

    (cada 100 cartuchos) $ 5.700.-

    Otras Solicitudes:

    20 Solicitud de depósito de armamento en recinto

    autorizado:

  49. Para personas naturales, costo

    diario por arma, incluida la

    munición conforme a los máximos

    permitidos de tenencia $ 300.-

  50. Para importadores y comerciantes

    inscritos, almacenamiento

    mensual de armas y municiones

    por mt3 en instalaciones del

    Depósito General, Regional o

    Local. Este cobro se efectuará

    semestralmente $ 10.000.-

    21 Solicitud de personas jurídicas

    para tenencia e inscripción de más de

    2 (dos) armas de fuego $ 36.600.-

    22 Solicitud de personas jurídicas

    para entregar armas en comodato. $ 19.600.-

    1. SOLICITUDES Y DILIGENCIAS RELACIONADAS

    CON EXPLOSIVOS, PRODUCTOS QUÍMICOS Y

    ARTIFICIOS PIROTÉCNICOS

    Inscripciones:

    23* Solicitud para construir, ampliar,

    legalizar o renovar inscripción

    de fábricas o camiones-fábrica

    de explosivos, accesorios y

    componentes. $ 36.600.-

    24* Solicitud para legalizar o renovar

    inscripción anual de polvorines,

    canchas y silos de nitrato de

    amonio según capacidad autorizada

    de dinamita al 60% o su equivalente

    en otro explosivo:

  51. Hasta 70 kgs. de dinamita al 60%

    o su equivalente en otros

    explosivos $ 10.000.-

  52. Sobre 70 y hasta 1.000 kgs.

    dinamita al 60% o su...

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