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Decreto 579 EXENTO - AUTORIZA A 'ROPERO DEL HOSPITALIZADO - DAMAS DE AMARILLO', PARA EFECTUAR COLECTA PUBLICA

EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA A "ROPERO DEL HOSPITALIZADO - DAMAS DE AMARILLO", PARA EFECTUAR COLECTA PUBLICA

Santiago, 19 de abril de 2004.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 579 exento.- Visto: Los antecedentes adjuntos, el Informe del Departamento de Pensiones de Gracia, Rifas, Sorteos y Colectas, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 1º, párrafo IV de la ley Nº 16.436; el decreto supremo Nº 955, de 3 de junio de 1974, de Interior y sus modificaciones, Reglamento sobre Rifas, Sorteos y Colectas, y lo dispuesto en la resolución Nº 55 de 1992, ambas de la Contraloría General de la República.

Decreto:

  1. - Autorízase a la entidad denominada "Ropero del Hospitalizado - Damas de Amarillo", para realizar una colecta nacional en las regiones II, V, VI, VII, VIII, Región Cordillera y Región Metropolitana, el día 15 de octubre, 2004.

  2. - Las utilidades, producto de esta colecta, serán destinadas a financiar las obras sociales que realiza la entidad en los hospitales de las regiones señaladas.

  3. - Las erogaciones sólo podrán recibirse en alcancías numeradas y controladas por el intendente o gobernador respectivo o las personas que se designen en su representación.

  4. - La referida institución deberá remitir al Ministerio del Interior, dentro del plazo de sesenta días, contados desde la fecha de realización de la colecta, un informe detallado y documentado de los ingresos obtenidos y de su inversión.

  5. - La autorización que se concede mediante el presente decreto exento a la entidad recurrente, la obliga a cumplir con las disposiciones que establece el decreto Nº 955, de fecha...

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