Decreto núm. 11893 EXENTO, publicado el 08 de Enero de 2007. APRUEBA ORDENANZA LOCAL Nº 26 SOBRE NOTIFICACION Y PUBLICACION DE RESOLUCIONES, DECRETOS Y ORDENANZAS ALCALDICIAS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE SAN BERNARDO |
Rango de Ley | Decreto |
APRUEBA ORDENANZA LOCAL Nº 26 SOBRE NOTIFICACION Y
PUBLICACION DE RESOLUCIONES, DECRETOS Y ORDENANZAS
ALCALDICIAS
Núm. 11.893 exento.- San Bernardo, 13 de diciembre de 2006.- Vistos:
- El acuerdo del Concejo Municipal, adoptado en su sesión, de fecha 5 de diciembre de 2006;
- Las facultades que me confiere la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, 0
Decreto:
-
- Apruébase la siguiente Ordenanza Local Nº 26, de fecha 5 de diciembre de 2006, denominada: "Ordenanza sobre Notificación y Publicación de Resoluciones, Decretos y Ordenanzas Alcaldicias", cuyo texto es el que a continuación se indica:
ORDENANZA Nº 26
San Bernardo, diciembre 5 de 2006.- Vistos:
- Lo dispuesto en los artículos 5 letra d), 12, 65 letra k), 79 letra b) de la ley 18.695 Orgánica de las Municipalidades, y atendidas las facultades que ella me otorga;
- La necesidad de fijar un nuevo texto actualizado y sistematizado de las normas atingentes a la notificación y publicación de diversos actos administrativos que afecten a personas ajenas al municipio;
- El acuerdo del H. Concejo Municipal, adoptado en sesión ordinaria, de fecha 5 de diciembre de 2006,
Decreto:
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- Derógase en todas y cada una de sus partes la ordenanza Nº 8 sobre notificaciones y publicaciones de las resoluciones alcaldicias que produzcan efecto fuera del municipio.
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- Apruébese el siguiente texto actualizado y sistematizado de la Ordenanza sobre Notificación y Publicación de las Resoluciones, Decretos y Ordenanzas Alcaldicias que produzcan efecto fuera del municipio;
Ambito de aplicación
Las normas contenidas de la presente ordenanza se aplicarán en todas las notificaciones y publicaciones de resoluciones municipales que afecten a personas ajenas al Municipio, salvo que la leyes especiales establezcan una forma diversa de notificación o publicación.
Ordenanzas municipales
Las ordenanzas municipales y sus modificaciones serán notificadas a la comunidad en la siguiente forma:
Mediante la publicación del texto íntegro en el Diario Oficial de la República de Chile.
No obstante lo anterior, las ordenanzas y sus modificaciones deberán ser publicadas en forma íntegra por Internet, en la página Web de la municipalidad.
Para los efectos de este artículo, el Secretario Municipal hará publicar la ordenanza respectiva en el Diario Oficial, en conjunto con la publicación del texto íntegro de la ordenanza en la página Web del municipio de San Bernardo.
No obstante lo anterior, cualquier persona podrá adquirir un ejemplar de las Ordenanzas Municipales que sean dictadas, en la Oficina de Partes, pagando los derechos correspondientes.
Las Ordenanzas Municipales entrarán a regir por regla general desde día de su publicación íntegra en los medios descritos en el artículo precedente, salvo que en ellas mismas o en leyes especiales se establezca una fecha distinta de vigencia.
La ordenanza de cobro de derechos...
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