Decreto 9 EXENTO - MODIFICA LAS CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL A LA EMPRESA TELEFÓNICA MÓVILES CHILE S.A. - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 239903486

Decreto 9 EXENTO - MODIFICA LAS CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL A LA EMPRESA TELEFÓNICA MÓVILES CHILE S.A.

EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA LAS CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL A LA EMPRESA TELEFÓNICA MÓVILES CHILE S.A.

Santiago, 5 de enero de 2009.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 9 exento.- Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución exenta Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

  4. La resolución exenta Nº 308 de 2000, modificada por resolución exenta Nº 81 de 2001, ambas de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que destina las Bandas de Frecuencias 1.865 - 1.870 MHz; 1.885 - 1.895 MHz; 1.945 - 1.950 MHz. y 1.965 - 1.975 MHz. al Servicio Público de Telefonía Móvil.

  5. Los decretos supremos Nº 657 y Nº 658, ambos de 2002, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgaron las concesiones.

    Considerando:

  6. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 34.666 de 02.07.2008.

  7. Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.

    Decreto:

    Modifícanse las concesiones de Servicio Público de Telefonía Móvil, cuyo actual titular es la empresa Telefónica Móviles Chile S.A., RUT Nº 87.845.500-2, con domicilio en Av. El Bosque Sur Nº 90, piso 13, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

    1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar nueve (9) Estaciones Base, cuyas características técnicas se indican a continuación:

      VER DIARIO OFICIAL DE 09.02.2009, PÁGINA 22.

      Las Estaciones Base que se autorizan se conectarán a la red existente a través de medios propios o arrendados a terceros.

    2. Los plazos máximos se indican a continuación:

      VER DIARIO OFICIAL...

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