Decreto 1054 EXENTO - ESTABLECE LIMITES MAXIMOS DE CAPTURA POR ARMADOR EN UNIDAD DE PESQUERIA MERLUZA DE COLA, V A X REGIONES, LETRA F) DEL ARTICULO 2º DE LA LEY 19.713
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO |
Rango de Ley | Decreto |
ESTABLECE LIMITES MAXIMOS DE CAPTURA POR ARMADOR EN UNIDAD DE PESQUERIA MERLUZA DE COLA, V A X REGIONES, LETRA F) DEL ARTICULO 2º DE LA LEY 19.713
Núm. 1.054 exento.- Santiago, 23 de diciembre de 2004.- Visto: Lo informado por la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca mediante Informe Técnico (SAP) Nº 127, de fecha 17 de diciembre de 2004; lo dispuesto en el D.F.L. Nº 5 de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. Nº 430 de 1991 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las Leyes Nº 19.713, Nº 19.822 y Nº 19.849; los Decretos Supremos Nº 683 de 2000 y Nº 286 de 2001, y el Decreto Exento Nº 1021 de 2004, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la Resolución Nº 520 de 1996, de la Contraloría General de la República; las Resoluciones Nº 2006 de 2001, Nº 3326, Nº 3329, Nº 3336 y Nº 3386, todas de 2004, de la Subsecretaría de Pesca.
Considerando:
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Que la unidad de pesquería de Merluza de cola Macruronus magellanicus, en el área marítima de la V a la X Regiones, se encuentra individualizada en el artículo 2º letra f) de la Ley Nº 19.713 por lo que debe someterse a la medida de administración denominada límite máximo de captura por armador, conforme la facultad y los procedimientos establecidos en la mencionada ley.
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Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 6º bis del mencionado cuerpo legal, a partir del año 2003, la información de captura de las naves con autorización de pesca vigente en dicha unidad de pesquería para el período 1997-2000, la capacidad de bodega, expresada en metros cúbicos, y el área o regiones autorizadas, corresponderá a la contenida en la Resolución Nº 2006 de 2001, de la Subsecretaría de Pesca, y en las resoluciones ministeriales que resolvieron los correspondientes recursos de reclamación interpuestos en conformidad a lo dispuesto en el artículo 6º.
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Que mediante Resolución N° 3326 de 2004, de la Subsecretaría de Pesca, se publicó el listado de los titulares de autorizaciones de pesca con sus respectivas naves.
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Que para efectos de establecer los Límites máximos de captura por armador se consideró la Resolución antes indicada, y las Resoluciones Nº 3329, Nº 3336 y Nº 3386, todas de 2004, de la Subsecretaría de Pesca, que resuelven las presentaciones recepcionadas por la Subsecretaría antes del...
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