Decreto 173 EXENTO - ESTABLECE AREA DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS PARA LA X REGION
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO |
Rango de Ley | Decreto |
ESTABLECE AREA DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS PARA LA X REGION
Núm. 173 exento.- Santiago, 1º de febrero de 2002.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República; el D.F.L. Nº 5, de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. Nº 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la ley Nº 19.492; los D.S. Nº 355 de 1995, Nº 506 y Nº 744, ambos de 1999, Nº 572 y Nº 714, ambos de 2000, Nº 38 de 2001; los decretos exentos Nº 223, Nº 443, Nº 601, Nº 632, Nº 700, Nº 721, Nº 886 y Nº 934, todos de 2001, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; lo informado por el Departamento de Coordinación Pesquera de la Subsecretaría de Pesca en memoranda Nº 1149 de 17 de diciembre de 2001 y Nº 24 de 14 de enero de 2002; por el Consejo Zonal de Pesca de la X y XI regiones mediante oficios Ord. Z4/Nº 45 de 24 de junio de 1999; Ord. Z4/Nº 46, Ord. Z4/Nº 47 y Ord. Z4/Nº 48, todos de 28 de mayo de 2001; Ord. Z4/Nº 169 y Ord. Z4/Nº 178, ambos de 5 de diciembre de 2001; por la Subsecretaría de Marina mediante oficios S.S.M. Nº 12210/ 3291 S.S.P. de 07 de agosto de 2000, Nº 12210/3917 S.S.P. de 13 de septiembre de 2000, Nº 12210/3403 S.S.P. de 27 de junio de 2001, Nº 12210/3866 S.S.P. de 28 de agosto de 2001, Nº 12210/4081 S.S.P. de 10 de septiembre de 2001 y Nº 12210/4235 S.S.P. de 20 de septiembre de 2001; por el Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada mediante oficios SHOA ordinarios Nº 13000/165 S.S.P., de 14 de diciembre de 2000, Nº 13000/123 S.S.P. de 06 de agosto de 2001, Nº 13000/186 S.S.P., de 19 de octubre de 2001, Nº 13000/206 S.S.P. de 9 de noviembre de 2001 y Nº 13000/225 S.S.P., de 30 de noviembre de 2001.
C o n s i d e r a n d o:
Que el artículo 48 letra d) de la Ley General de Pesca y Acuicultura establece la facultad y el procedimiento para decretar áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos.
Que los informes técnicos de la Subsecretaría de Pesca y del Consejo Zonal de Pesca de la X a XI Regiones aprueban el establecimiento de nueve áreas de manejo ubicadas en Punta Pichimayai, Guapilacui Sector B, Isla Butachauques Sectores A, B y C, Punta Ñumpulli, Chaihuin Sectores A, B y C.
Que se ha consultado esta medida de administración a la Subsecretaría de Marina de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º del D.S. Nº 355, de...
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