Decreto 412 EXENTO - AUTORIZA CIRCULACIÓN EN DÍAS Y HORAS INHÁBILES DE VEHÍCULO QUE INDICA DE LA SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA, SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE AGRICULTURA DE LA IV REGIÓN DE COQUIMBO - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 240329690

Decreto 412 EXENTO - AUTORIZA CIRCULACIÓN EN DÍAS Y HORAS INHÁBILES DE VEHÍCULO QUE INDICA DE LA SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA, SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE AGRICULTURA DE LA IV REGIÓN DE COQUIMBO

EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA CIRCULACIÓN EN DÍAS Y HORAS INHÁBILES DE VEHÍCULO QUE INDICA DE LA SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA, SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE AGRICULTURA DE LA IV REGIÓN DE COQUIMBO

Santiago, 12 de agosto de 2008.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 412 exento.- Visto: El oficio Ord. Nº 368, de 2008, de la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura IV Región; el memo Nº 230, de 2008 del Jefe de la División Administrativa de la Subsecretaría de Agricultura; el decreto ley Nº 799 de 1974 y sus modificaciones; el decreto Nº 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el DFL Nº 294, de 1960, el oficio circular Nº 26 de 2003, de los Ministros de Hacienda y de Interior; y la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que el vehículo asignado a la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura de la Región de Coquimbo debe dar cumplimiento a las funciones de autoridad regional del cargo de Seremi, debiendo realizar diversas actividades en terreno, compromisos con el sector público y privado, tales como reuniones, actos, ceremonias e inauguraciones dentro y fuera de la ciudad capital de la Región, además de tener que recibir y trasladar a representantes de países y organismos internacionales, en materia de asistencia técnica y cooperación financiera internacional silvoagropecuaria, como así también a la Ministra y el Subsecretario, que significan desplazamientos fuera de la jornada de trabajo, lo que hace necesario que el vehículo de esta Seremi, pueda circular sin restricción de horarios.

Que debe autorizarse la circulación de dicho móvil en horario inhábil y en días Sábados, Domingos y festivos.

Decreto:

Autorízase la circulación del vehículo de la...

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