Decreto núm. 2348 EXENTO, publicado el 14 de Octubre de 1998. APRUEBA INCORPORACION DE DERECHOS MUNICIPALES A ORDENANZA Nº 1 - MUNICIPALIDAD DE LA FLORIDA - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 471020158

Decreto núm. 2348 EXENTO, publicado el 14 de Octubre de 1998. APRUEBA INCORPORACION DE DERECHOS MUNICIPALES A ORDENANZA Nº 1

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE LA FLORIDA
Rango de LeyDecreto

APRUEBA INCORPORACION DE DERECHOS MUNICIPALES A ORDENANZA Nº 1

Núm. 2.348 exento.- La Florida, octubre 9 de 1998.- Vistos: La necesidad de efectuar una incorporación de derechos a la ordenanza Nº 1 sobre Derechos Municipales, según el acuerdo Nº 337, adoptado en sesión ordinaria Nº 93 de fecha septiembre 30 de 1998; y acuerdo Nº 346 adoptado en sesión ordinaria Nº 94 de fecha 7 de octubre de 1998 por el Concejo Municipal;

Y las facultades que me otorga la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades:

D e c r e t o:

Apruébese las siguientes incorporaciones a la ordenanza Nº 1 de Derechos Municipales en los siguientes términos:

  1. - Agrégase al artículo 13, Título VI el siguiente número:

    Nº 3: ''Ocupación y Permanencia de cabinas telefónicas en Bien Nacional de Uso Público'', pagarán, independientemente del pago de los derechos por la ocupación de Bien Nacional de Uso Público, por las canalizaciones correspondiente a la alimentación de Alumbrado y Comunicaciones, las siguientes cantidades:

    1. En los siguientes ejes principales de la comuna se pagará 4 UTM anuales por instalación de cabina:

      - Vicuña Mackenna Oriente y Poniente

      - Avda. La Florida

      - Américo Vespucio

      - Diego Portales

      - San Pedro

      - Salvador Sanfuentes

      - General Arriagada

      - San Jorge

      - San José de la Estrella

      - José Miguel Carrera

      - Avda. Trinidad

      - Santa Amalia

      - Perpetua Freire

      - Rojas Magallanes

      - Santa Julia

      - Gerónimo de Alderete

      - Vicente Valdés

      - Walker Martínez

      - Avda. El Parque

      - Froilán Roa

      - Mirador Azul

      - Avda. Departamental

      - San Alfonso

      - Eugenia

      - Barcelona

      - Paso El Roble

      - San Carlos de Ancud

      - Cabildo

      - Serafín Zamora

      - Pozo Almonte

      - Santa Raquel

      - Calvo Mackenna

      - Lía Aguirre

      - Punta Arenas

      - Perú - Bacteriológico

      - Colombia

      - Manutara.

    2. En todas las calles no incluidas en la letra a) de este número, la instalación de cabinas telefónicas tendrá un valor de 2 UTM anuales.

      Quedan incluidos en estos derechos todos los elementos emplazados en Bien Nacional de Uso Público como son armarios metálicos y cajas de distribución que sirvan a empresas de telecomunicaciones.

      En el pago de estos derechos no están...

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