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Decreto 72 EXENTO - FIJA TASAS DE DERECHOS A SOLICITUDES DE LA LEY N° 17.798 SOBRE CONTROL DE ARMAS Y ELEMENTOS SIMILARES

EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyDecreto

FIJA TASAS DE DERECHOS A SOLICITUDES DE LA LEY N° 17.798 SOBRE CONTROL DE ARMAS Y ELEMENTOS SIMILARES

Santiago, 29 de enero de 2010.- Con esta fecha se ha decretado lo siguiente:

Núm. 72 exento.- Visto:

  1. Lo dispuesto en el Nº 6 del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile.

  2. Lo dispuesto en el artículo 26, inciso 1 y 2 de la Ley Nº 17.798, agregado por el Artículo 1 del Decreto Ley Nº 2.553 de 1979:

  3. D.S. Nº 19 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de fecha 22.ENE.2001.

  4. La Resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República.

  5. Lo propuesto por la Dirección General de Movilización Nacional.

    Decreto:

    1. Fíjase para regir en el Primer Semestre del año 2010 las Tasas de Derechos a las solicitudes y diligencias relacionadas con la Ley N° 17.798, sobre Control de Armas y Elementos Similares, de acuerdo al siguiente detalle:

    ITEM SOLICITUD TASA

    1. SOLICITUD Y DILIGENCIAS RELACIONADAS

    CON ARMAS Y MUNICIONES

    Inscripciones:

    01* Solicitud para construir, legalizar, ampliar,

    modificar, inscribir o

    renovar inscripción de fábrica o armaduría

    (incluyendo industria, plantas

    independientes y polígonos de prueba,

    para comerciantes,

    importadores y reparadores de armas) $ 36.600.-

    02* Solicitud para inscribirse, por

    primera vez en los registros nacionales de :

  6. Importador de armas, partes y

    piezas de armas, municiones,

    partes y piezas de municiones, cartuchos

    industriales, elementos

    de salvataje del tipo marítimo,

    terrestre y aéreo, gases irritantes,

    electroshock y elementos similares

    (cada rubro) $ 36.600.-

  7. Importador de material bélico $ 36.600.-

  8. Exportador de armas, partes y piezas

    de armas, municiones,

    partes y piezas de municiones, cartuchos

    industriales,

    elementos de salvataje del tipo marítimo,

    terrestre y aéreo,

    gases irritantes, electroshock y

    elementos similares (cada rubro) $ 36.600.-

  9. Exportador de material bélico $ 36.600.-

  10. Comerciante en armas, partes y

    piezas de armas, municiones,

    partes y piezas de municiones, cartuchos

    industriales, elementos

    de salvataje del tipo marítimo,

    terrestre y aéreo, gases irritantes,

    electroshock y elementos similares

    (cada rubro) $ 36.600.-

  11. Comerciante de material bélico $ 36.600.-

  12. Reparador y Transformador de Armas $ 36.600.-

    03* Solicitud para renovar inscripción anual

    en los registros nacionales de:

  13. Importador de productos sometidos a

    control $ 36.600.-

  14. Importador de material bélico $ 36.600.-

  15. Exportador de productos sometidos

    a control $ 36.600.-

  16. Exportador de material bélico $ 36.600.-

  17. Comerciante de productos sometidos

    a control $ 36.600.-

  18. Comerciante de material bélico $ 36.600.-

  19. Reparador y Transformador de Armas $ 36.600.-

    04* Solicitud para inscribirse o renovar

    inscripción anual en el Registro Nacional

    como "Consumidor Habitual" de:

  20. Municiones (para Clubes de Tiro

    y Caza afiliados a la respectiva

    Federación e Instituciones

    autorizadas por la Ley) $ 36.600.-

  21. Cartuchos industriales $ 30.700.-

  22. Elementos de seguridad y salvataje

    del tipo marítimo,

    terrestre y aéreo $ 30.700.-

    05* Solicitud para inscribirse en el

    Registro Nacional como:

  23. Deportista $ 19.600.-

  24. Deportista Calificado $ 26.600.-

    06* Solicitud para:

  25. Inscribirse en el Registro Nacional

    de Coleccionista de Armas, de acuerdo al

    siguiente detalle:

    1) De 1 a 10 armas. $ 10.000.-

    2) De 11 a 30 armas $ 19.600.-

    3) De 31 a 200 armas $ 36.600.-

  26. Renovación de registro coleccionista

    cada 5 años $ 7.700.-

  27. Inscribirse en el Registro Nacional de

    Coleccionista de Munición $ 7.700.-

    07 Solicitud de inscripción:

  28. Arma de fuego inscrita por primera

    vez (c/u) $ 10.000.-

  29. Una máquina lanzadora, de disparo

    o elementos de similares

    características $ 10.000.-

  30. Una máquina recargadora de

    munición $ 36.600.-

    Porte y transporte de Armas:

    08 a) Solicitud para portar un arma de puño Defensa

    Personal. $ 36.600.-

  31. Solicitud para portar un arma de

    Seguridad y Protección $ 19.600.-

  32. Solicitud de permiso para transportar

    armas para deportistas o

    cazadores, sólo para uso de estos fines,

    por el período de 2 años,

    renovable por arma $ 19.600.-

    Adquisiciones:

    09 Autorización para comprar (comerciantes inscritos)

  33. Elementos Sometidos a Control $ 36.600.-

  34. Armas:

    1. 1 $ 5.000.-

    2. 2 a 5 uu $ 19.600.-

    3. 6 a 10 uu $ 25.000.-

    4. Más de 10 uu $ 36.000.-

    10 Autorización para comprar un Arma de

    Fuego Nueva (particulares) $ 19.600.-

    11 Autorización para comprar Municiones:

  35. Cartuchos de proyectil múltiple,

    para armas inscritas:

    1. De caza, con permiso de transporte de

      armas vigente, por unidad, no

      excediendo las 3.000 uu. anuales por arma

      inscrita $ 10.-

    2. De caza, sin permiso de transporte de

      armas vigente, por unidad,

      no excediendo las 500 uu. anuales

      por arma inscrita $ 10.-

    3. De deporte, con permiso de transporte

      de armas vigente, por

      unidad, no excediendo las 3.000 uu.

      anuales por arma inscrita $ 10.-

    4. De deporte, sin permiso de transporte

      de armas, por unidad, no excediendo

      las 500 uu. anuales por arma

      inscrita $ 10.-

    5. De seguridad y protección, por unidad,

      no excediendo las 500 uu.

      anuales por arma inscrita $ 10.-

  36. Cartuchos de proyectil único, para arma

    inscrita:

    1. De caza, con permiso de transporte

      de armas vigente, por

      unidad, no excediendo las 3.000 uu.

      anuales por arma inscrita $ 10.-

    2. De caza, sin permiso de transporte

      de armas vigente, por unidad,

      no excediendo las 100 uu. anuales

      por arma inscrita $ 10.-

    3. De deporte, con permiso de

      transporte de armas vigente,

      por unidad, no excediendo las 3.000 uu.

      anuales por arma inscrita $ 10.-

    4. Deportista sin permiso de transporte

      de armas, por unidad, no

      excediendo las 100 uu. anuales

      por arma inscrita $ 10.-

    5. De seguridad y protección, por

      unidad, no excediendo las 300 uu.

      anuales por arma inscritas $ 10.-

  37. Cartuchos para armas de Defensa Personal

    con o sin permiso de porte

    de armas, por unidad, hasta 100 uu. anuales

    por arma inscrita $ 10.-

  38. Cartuchos para Clubes de Tiro y/o Caza

    afiliados a una Federación,

    Empresas e Instituciones inscritos como

    Consumidores Habituales

    de Munición, cada 3.000 uu. (no excediendo

    el almacenamiento autorizado por

    resolución de la Dirección General) $ 6.000.-

  39. Componentes de munición permitidos:

    1. Para particulares:

      Componentes para cartuchos de

      caza cada 1 kgs. de pólvora,

      cada 700 vainillas y cada 700

      fulminantes, con máquina

      recargadora inscrita. (No

      excediendo las 3.000 uu.

      anuales por calibre) $ 4.400.-

    2. Para deportistas calificados:

      Componentes para cartuchos de caza y

      proyectil único cada 1 kgs.

      de pólvora, cada 700 vainillas,

      cada 700 fulminantes y cada

      700 puntas de bala, con máquina

      recargadora inscrita.

      (No excediendo las 3.000 uu. anuales

      por calibre) $ 4.400.-

  40. Componentes de munición permitidos

    cada, 4,5 kgs. de pólvora,

    3.200 vainillas, 3.200 fulminantes

    y 3.200 puntas de bala, para

    Clubes de Tiro con máquina recargadora

    inscrita, por calibre $ 5.700.-

    12 Solicitud de autorización de compra

    especial según en cada caso se indica:

  41. Para Deportistas Calificados:

    1. De munición, cada 5.000 uu. (según

      resolución que en cada

      caso dicte la Autoridad), luego

      del consumo de las 3.000 uu.

      anuales por calibre $ 19.600.-

    2. De componentes de la munición

      cada, 3 kgs. de pólvora,

      2.100 vainillas, 2.100 fulminantes

      y 2.100 puntas de bala,

      con máquina recargadora inscrita

      (según resolución que en cada

      caso dicte la Autoridad) $ 19.600.-

  42. Para empresas capacitadoras de

    Vigilantes Privados:

    De munición, cada 3.000 uu.

    (según resolución que en cada caso

    dicte la Autoridad), luego del

    consumo de las 3.000 uu.

    anuales por calibre $ 19.600.-

    13 Autorización para comprar:

  43. Cada 1.000 uu de cartuchos

    industriales. $ 1.900.-

  44. Por cada elemento de salvataje del

    tipo marítimo, terrestre y aéreo

    y cualquier otro elemento de

    características similares (personas

    naturales y/o jurídicas) $ 400.-

    14 Solicitudes de Transferencia de:

  45. Armas de fuego (con inscripción

    incluida). $ 27.100.-

  46. Una máquina lanzadora, de disparo

    o elementos de similares

    características (con inscripción

    incluida) $ 27.800.-

  47. Máquinas recargadoras (con inscripción

    incluida) $ 36.600.-

  48. Armas de fuego por defunción de su

    propietario $ 10.000.-

    15 Autorización para Comprar una máquina

    recargadora de cartuchos de

    munición nueva $ 36.600.-

    16 Solicitud de renovación de inscripción

    de una máquina recargadora de

    munición (cada 3 años) $ 19.600.-

    17 Autorización para comprar cada 1

    repuesto para armas de fuego (cierre,

    cañón, cajón de mecanismo o básculas y

    otros conjuntos de piezas completos) $ 3.900.-

    18 Autorización para comprar un arma para

    Servicio de Vigilantes Privados,

    autorizado por Decreto del Ministerio

    del Interior $ 23.400.-

    19 Autorización para comprar cartuchos

    para armas de Servicio de

    Vigilantes Privados autorizados (cada 100

    cartuchos) $ 5.700.-

    Otras Solicitudes:

    20 Solicitud de depósito de armamento en

    recinto autorizado:

  49. Para personas naturales, costo

    diario por arma, incluida la munición

    conforme a los máximos permitidos

    de tenencia $ 300.-

  50. Para importadores y comerciantes

    inscritos, valor mensual en el

    almacenamiento de armas y municiones

    por mt3 en instalaciones

    del Depósito General, Regional o

    Local. Efectuándose el pago

    correspondiente en forma semestral $ 10.000.-

    21 Solicitud de personas jurídicas para

    tenencia e inscripción de más de

    2 (dos) armas de fuego $ 36.600.-

    22 Solicitud de personas jurídicas para

    entregar armas en comodato $ 19.600.-

    1. SOLICITUDES Y DILIGENCIAS RELACIONADAS CON EXPLOSIVOS, PRODUCTOS QUÍMICOS Y ARTIFICIOS PIROTÉCNICOS

    Inscripciones:

    23* Solicitud para construir, ampliar,

    legalizar o renovar inscripción de

    fábricas o camiones-fábrica de explosivos,

    accesorios y componentes $ 36.600.-

    24* Solicitud para legalizar o renovar

    inscripción anual de polvorines,

    canchas y silos de nitrato de amonio

    según capacidad autorizada de

    dinamita al 60% o su equivalente en

    otro...

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