Decreto 72 EXENTO - FIJA TASAS DE DERECHOS A SOLICITUDES DE LA LEY N° 17.798 SOBRE CONTROL DE ARMAS Y ELEMENTOS SIMILARES
Emisor | MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL |
Rango de Ley | Decreto |
FIJA TASAS DE DERECHOS A SOLICITUDES DE LA LEY N° 17.798 SOBRE CONTROL DE ARMAS Y ELEMENTOS SIMILARES
Santiago, 29 de enero de 2010.- Con esta fecha se ha decretado lo siguiente:
Núm. 72 exento.- Visto:
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Lo dispuesto en el Nº 6 del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile.
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Lo dispuesto en el artículo 26, inciso 1 y 2 de la Ley Nº 17.798, agregado por el Artículo 1 del Decreto Ley Nº 2.553 de 1979:
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D.S. Nº 19 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de fecha 22.ENE.2001.
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La Resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República.
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Lo propuesto por la Dirección General de Movilización Nacional.
Decreto:
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Fíjase para regir en el Primer Semestre del año 2010 las Tasas de Derechos a las solicitudes y diligencias relacionadas con la Ley N° 17.798, sobre Control de Armas y Elementos Similares, de acuerdo al siguiente detalle:
ITEM SOLICITUD TASA
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SOLICITUD Y DILIGENCIAS RELACIONADAS
CON ARMAS Y MUNICIONES
Inscripciones:
01* Solicitud para construir, legalizar, ampliar,
modificar, inscribir o
renovar inscripción de fábrica o armaduría
(incluyendo industria, plantas
independientes y polígonos de prueba,
para comerciantes,
importadores y reparadores de armas) $ 36.600.-
02* Solicitud para inscribirse, por
primera vez en los registros nacionales de :
-
-
Importador de armas, partes y
piezas de armas, municiones,
partes y piezas de municiones, cartuchos
industriales, elementos
de salvataje del tipo marítimo,
terrestre y aéreo, gases irritantes,
electroshock y elementos similares
(cada rubro) $ 36.600.-
-
Importador de material bélico $ 36.600.-
-
Exportador de armas, partes y piezas
de armas, municiones,
partes y piezas de municiones, cartuchos
industriales,
elementos de salvataje del tipo marítimo,
terrestre y aéreo,
gases irritantes, electroshock y
elementos similares (cada rubro) $ 36.600.-
-
Exportador de material bélico $ 36.600.-
-
Comerciante en armas, partes y
piezas de armas, municiones,
partes y piezas de municiones, cartuchos
industriales, elementos
de salvataje del tipo marítimo,
terrestre y aéreo, gases irritantes,
electroshock y elementos similares
(cada rubro) $ 36.600.-
-
Comerciante de material bélico $ 36.600.-
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Reparador y Transformador de Armas $ 36.600.-
03* Solicitud para renovar inscripción anual
en los registros nacionales de:
-
Importador de productos sometidos a
control $ 36.600.-
-
Importador de material bélico $ 36.600.-
-
Exportador de productos sometidos
a control $ 36.600.-
-
Exportador de material bélico $ 36.600.-
-
Comerciante de productos sometidos
a control $ 36.600.-
-
Comerciante de material bélico $ 36.600.-
-
Reparador y Transformador de Armas $ 36.600.-
04* Solicitud para inscribirse o renovar
inscripción anual en el Registro Nacional
como "Consumidor Habitual" de:
-
Municiones (para Clubes de Tiro
y Caza afiliados a la respectiva
Federación e Instituciones
autorizadas por la Ley) $ 36.600.-
-
Cartuchos industriales $ 30.700.-
-
Elementos de seguridad y salvataje
del tipo marítimo,
terrestre y aéreo $ 30.700.-
05* Solicitud para inscribirse en el
Registro Nacional como:
-
Deportista $ 19.600.-
-
Deportista Calificado $ 26.600.-
06* Solicitud para:
-
Inscribirse en el Registro Nacional
de Coleccionista de Armas, de acuerdo al
siguiente detalle:
1) De 1 a 10 armas. $ 10.000.-
2) De 11 a 30 armas $ 19.600.-
3) De 31 a 200 armas $ 36.600.-
-
Renovación de registro coleccionista
cada 5 años $ 7.700.-
-
Inscribirse en el Registro Nacional de
Coleccionista de Munición $ 7.700.-
07 Solicitud de inscripción:
-
Arma de fuego inscrita por primera
vez (c/u) $ 10.000.-
-
Una máquina lanzadora, de disparo
o elementos de similares
características $ 10.000.-
-
Una máquina recargadora de
munición $ 36.600.-
Porte y transporte de Armas:
08 a) Solicitud para portar un arma de puño Defensa
Personal. $ 36.600.-
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Solicitud para portar un arma de
Seguridad y Protección $ 19.600.-
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Solicitud de permiso para transportar
armas para deportistas o
cazadores, sólo para uso de estos fines,
por el período de 2 años,
renovable por arma $ 19.600.-
Adquisiciones:
09 Autorización para comprar (comerciantes inscritos)
-
Elementos Sometidos a Control $ 36.600.-
-
Armas:
-
1 $ 5.000.-
-
2 a 5 uu $ 19.600.-
-
6 a 10 uu $ 25.000.-
-
Más de 10 uu $ 36.000.-
10 Autorización para comprar un Arma de
Fuego Nueva (particulares) $ 19.600.-
11 Autorización para comprar Municiones:
-
-
Cartuchos de proyectil múltiple,
para armas inscritas:
-
De caza, con permiso de transporte de
armas vigente, por unidad, no
excediendo las 3.000 uu. anuales por arma
inscrita $ 10.-
-
De caza, sin permiso de transporte de
armas vigente, por unidad,
no excediendo las 500 uu. anuales
por arma inscrita $ 10.-
-
De deporte, con permiso de transporte
de armas vigente, por
unidad, no excediendo las 3.000 uu.
anuales por arma inscrita $ 10.-
-
De deporte, sin permiso de transporte
de armas, por unidad, no excediendo
las 500 uu. anuales por arma
inscrita $ 10.-
-
De seguridad y protección, por unidad,
no excediendo las 500 uu.
anuales por arma inscrita $ 10.-
-
-
Cartuchos de proyectil único, para arma
inscrita:
-
De caza, con permiso de transporte
de armas vigente, por
unidad, no excediendo las 3.000 uu.
anuales por arma inscrita $ 10.-
-
De caza, sin permiso de transporte
de armas vigente, por unidad,
no excediendo las 100 uu. anuales
por arma inscrita $ 10.-
-
De deporte, con permiso de
transporte de armas vigente,
por unidad, no excediendo las 3.000 uu.
anuales por arma inscrita $ 10.-
-
Deportista sin permiso de transporte
de armas, por unidad, no
excediendo las 100 uu. anuales
por arma inscrita $ 10.-
-
De seguridad y protección, por
unidad, no excediendo las 300 uu.
anuales por arma inscritas $ 10.-
-
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Cartuchos para armas de Defensa Personal
con o sin permiso de porte
de armas, por unidad, hasta 100 uu. anuales
por arma inscrita $ 10.-
-
Cartuchos para Clubes de Tiro y/o Caza
afiliados a una Federación,
Empresas e Instituciones inscritos como
Consumidores Habituales
de Munición, cada 3.000 uu. (no excediendo
el almacenamiento autorizado por
resolución de la Dirección General) $ 6.000.-
-
Componentes de munición permitidos:
-
Para particulares:
Componentes para cartuchos de
caza cada 1 kgs. de pólvora,
cada 700 vainillas y cada 700
fulminantes, con máquina
recargadora inscrita. (No
excediendo las 3.000 uu.
anuales por calibre) $ 4.400.-
-
Para deportistas calificados:
Componentes para cartuchos de caza y
proyectil único cada 1 kgs.
de pólvora, cada 700 vainillas,
cada 700 fulminantes y cada
700 puntas de bala, con máquina
recargadora inscrita.
(No excediendo las 3.000 uu. anuales
por calibre) $ 4.400.-
-
-
Componentes de munición permitidos
cada, 4,5 kgs. de pólvora,
3.200 vainillas, 3.200 fulminantes
y 3.200 puntas de bala, para
Clubes de Tiro con máquina recargadora
inscrita, por calibre $ 5.700.-
12 Solicitud de autorización de compra
especial según en cada caso se indica:
-
Para Deportistas Calificados:
-
De munición, cada 5.000 uu. (según
resolución que en cada
caso dicte la Autoridad), luego
del consumo de las 3.000 uu.
anuales por calibre $ 19.600.-
-
De componentes de la munición
cada, 3 kgs. de pólvora,
2.100 vainillas, 2.100 fulminantes
y 2.100 puntas de bala,
con máquina recargadora inscrita
(según resolución que en cada
caso dicte la Autoridad) $ 19.600.-
-
-
Para empresas capacitadoras de
Vigilantes Privados:
De munición, cada 3.000 uu.
(según resolución que en cada caso
dicte la Autoridad), luego del
consumo de las 3.000 uu.
anuales por calibre $ 19.600.-
13 Autorización para comprar:
-
Cada 1.000 uu de cartuchos
industriales. $ 1.900.-
-
Por cada elemento de salvataje del
tipo marítimo, terrestre y aéreo
y cualquier otro elemento de
características similares (personas
naturales y/o jurídicas) $ 400.-
14 Solicitudes de Transferencia de:
-
Armas de fuego (con inscripción
incluida). $ 27.100.-
-
Una máquina lanzadora, de disparo
o elementos de similares
características (con inscripción
incluida) $ 27.800.-
-
Máquinas recargadoras (con inscripción
incluida) $ 36.600.-
-
Armas de fuego por defunción de su
propietario $ 10.000.-
15 Autorización para Comprar una máquina
recargadora de cartuchos de
munición nueva $ 36.600.-
16 Solicitud de renovación de inscripción
de una máquina recargadora de
munición (cada 3 años) $ 19.600.-
17 Autorización para comprar cada 1
repuesto para armas de fuego (cierre,
cañón, cajón de mecanismo o básculas y
otros conjuntos de piezas completos) $ 3.900.-
18 Autorización para comprar un arma para
Servicio de Vigilantes Privados,
autorizado por Decreto del Ministerio
del Interior $ 23.400.-
19 Autorización para comprar cartuchos
para armas de Servicio de
Vigilantes Privados autorizados (cada 100
cartuchos) $ 5.700.-
Otras Solicitudes:
20 Solicitud de depósito de armamento en
recinto autorizado:
-
Para personas naturales, costo
diario por arma, incluida la munición
conforme a los máximos permitidos
de tenencia $ 300.-
-
Para importadores y comerciantes
inscritos, valor mensual en el
almacenamiento de armas y municiones
por mt3 en instalaciones
del Depósito General, Regional o
Local. Efectuándose el pago
correspondiente en forma semestral $ 10.000.-
21 Solicitud de personas jurídicas para
tenencia e inscripción de más de
2 (dos) armas de fuego $ 36.600.-
22 Solicitud de personas jurídicas para
entregar armas en comodato $ 19.600.-
-
SOLICITUDES Y DILIGENCIAS RELACIONADAS CON EXPLOSIVOS, PRODUCTOS QUÍMICOS Y ARTIFICIOS PIROTÉCNICOS
Inscripciones:
23* Solicitud para construir, ampliar,
legalizar o renovar inscripción de
fábricas o camiones-fábrica de explosivos,
accesorios y componentes $ 36.600.-
24* Solicitud para legalizar o renovar
inscripción anual de polvorines,
canchas y silos de nitrato de amonio
según capacidad autorizada de
dinamita al 60% o su equivalente en
otro...
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