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Decreto 29 EXENTO - FIJA TASAS DE DERECHOS A SOLICITUDES DE LA LEY Nº 17.798 SOBRE CONTROL DE ARMAS Y ELEMENTOS SIMILARES

EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyDecreto

FIJA TASAS DE DERECHOS A SOLICITUDES DE LA LEY Nº 17.798 SOBRE CONTROL DE ARMAS Y ELEMENTOS SIMILARES

Santiago, 4 de julio de 2001.- Con esta fecha se ha decretado lo siguiente:

Núm. 29 exento.- Visto:

  1. Lo dispuesto en el Nº 8 del artículo 32, de la Constitución Política de la República de Chile;

  2. Lo dispuesto en el artículo 26, inciso 1 y 2 de la ley Nº 17.798, agregado por el artículo 1 del decreto ley Nº 2.553 de 1979;

  3. D/S, Nº 19 de la Secretaría General de la Presidencia de fecha 22.ENE.2001.

  4. La resolución Nº 520 de 1996, de la Contraloría General de la República.

  5. Lo propuesto por la Dirección General de Movilización Nacional.

    D e c r e t o:

    1. Fíjase para regir en el Segundo Semestre del año 2001, las Tasas de Derechos a las solicitudes y diligencias relacionadas con la ley Nº 17.798, sobre Control de Armas y Elementos Similares, de acuerdo al siguiente detalle:

    Item Solicitud Tasa

    1. SOLICITUD Y DILIGENCIAS RELACIONADAS

    CON ARMAS Y MUNICIONES

    Inscripciones:

    01* Solicitud para construir, legalizar,

    ampliar, modificar, inscribir o

    renovar inscripción de fábrica o

    armaduría (incluyendo industria,

    plantas independientes y polígonos

    de tiro, para comerciantes,

    importadores y reparadores de armas) $ 28.100.-

    02* Solicitud para inscribirse o

    renovar inscripción anual en los

    registros nacionales de:

  6. Importador de armas, municiones,

    sus componentes y elementos

    similares (cada rubro) $ 28.100.-

  7. Importador de material bélico $ 28.100.-

  8. Exportador de armas, municiones,

    sus componentes y elementos

    similares (cada rubro) $ 28.100.-

  9. Exportador de material bélico $ 28.100.-

  10. Comerciante en armas, municiones,

    sus componentes y elementos

    similares (cada rubro) $ 28.100.-

  11. Comerciante en material bélico $ 28.100.-

    03* Solicitud para inscribirse o

    renovar inscripción anual en el

    registro nacional como "Consumidor

    Habitual" de:

  12. Municiones (sólo para Clubes

    de Tiro y Caza afiliados a la

    respectiva federación) $ 14.140.-

  13. Cartuchos Industriales $ 14.140.-

  14. Elementos Pirotécnicos de

    señales y seguridad para

    salvataje $ 14.140.-

    04* Solicitud para inscribirse en el

    Registro Nacional de Deportista $ 14.140.-

    05* Solicitud para inscribirse en el

    Registro Nacional de Coleccionista $ 28.100.-

    06 Solicitud para inscribirse o

    renovar inscripción en el Registro

    Nacional de Reparadores de Armas

    (Anual) $ 14.140.-

    07 Solicitud de inscripción:

  15. Un arma de fuego (incluye armas

    de colección y aquellas

    inutilizadas), una máquina

    lanzadora, de disparo o elementos

    similares a un arma de fuego $ 5.935.-

  16. Una máquina recargadora de

    cartuchos de caza $ 28.100.-

    Porte de armas:

    08 Solicitud para portar arma de fuego:

  17. Un arma de puño defensa personal $ 22.192

  18. Un arma de caza o deporte $ 7.430.-

  19. Un arma para protección y seguridad $ 14.140

    Adquisiciones:

    09 Solicitud para adquirir elementos

    sometidos a control (comerciantes

    inscritos) $ 28.100.-

    10 Solicitud para adquirir un arma de

    fuego (particulares) $ 14.140.-

    11 Solicitud para adquirir municiones:

  20. Cartuchos para escopetas por

    personas sin permisos para

    portar armas de caza o deporte,

    máximo 3.000 cartuchos por cada

    solicitud para adquirir $ 2.830.-

  21. Cartuchos calibre 22 (por persona

    sin permiso para portar arma de

    deporte). Máximo 200 cartuchos por

    cada solicitud para adquirir $ 2.830.-

  22. Cartuchos para armas de otros

    calibres máximo 100 cartuchos por

    cada solicitud para adquirir $ 2.830.-

  23. Cartuchos para Clubes de Tiro y/o

    Caza afiliados a una federación e

    inscritos como consumidores

    habituales de munición (según

    almacenamiento autorizado por

    resolución de la Dirección

    General) $ 14.140.-

  24. Componentes de cartuchos de caza

    cada 4,5 Kgs. de pólvora, 3.000

    vainillas y 3.000 fulminantes,

    para particulares o clubes de

    tiro con máquina recargadora de

    cartuchos inscrita $ 2.830.-

    12 Solicitud para adquirir cartuchos

    industriales (cada 5.000), bengalas

    de mano, bombas de humo, cohetes con

    paracaídas, boyas humo-luz,

    lanzacabos y electroshock y cualquier

    otro elemento de características

    similares $ 1.350.-

    13 Solicitud para adquirir

    (transferencia) armas de fuego,

    máquinas recargadoras y otros

    elementos similares ya inscritos,

    por cada uno $ 14.140.-

    14 Solicitud para adquirir una máquina

    recargadora de cartuchos de caza $ 27.400.-

    15 Solicitud para adquirir repuestos

    mayores para armas de fuego (cierre,

    cañón, cajón de mecanismo o básculas

    y otros conjuntos de piezas

    completos). $ 5.935.-

    16 Solicitud para adquirir un arma

    para Servicio de Vigilantes

    Privados autorizado por decreto del

    Ministerio del Interior $ 14.140.-

    17 Solicitud para adquirir cartuchos

    para armas de Servicio de

    Vigilantes Privados autorizados

    (hasta o cada 100 cartuchos) $ 2.830.-

    Otras solicitudes:

    18 Solicitud para modificar el diseño

    o características de envase de un

    producto inscrito u otra

    modificación menor de sus

    especificaciones o normas $ 8.850.-

    19 Solicitud de personas jurídicas

    para tenencia e inscripción de

    más de 2 (dos) armas de fuego $ 28.100.-

    20 Solicitud de personas jurídicas

    para entregar armas en comodato $ 14.140.-

    1. SOLICITUDES Y DILIGENCIAS RELACIONADAS CON

    EXPLOSIVOS, PRODUCTOS QUIMICOS Y FUEGOS

    ARTIFICIALES

    Inscripciones:

    21* Solicitud para construir, ampliar,

    inscribir o renovar inscripción de

    fábricas o camiones-fábrica de

    explosivos, accesorios y componentes $ 28.100.-

    22* Solicitud para construir, legalizar

    o renovar inscripción anual de

    polvorines, canchas y silos de

    nitrato de amonio según capacidad

    autorizada de dinamita 60% o su

    equivalente en otro explosivo:

  25. Hasta 70 Kgs. de dinamita al 60%

    o su equivalente en otros

    explosivos $ 2.300.-

  26. Sobre 70 y hasta 1.000 Kgs.

    dinamita al 60% o su equivalente

    en otros explosivos $ 14.140.-

  27. Sobre 1.000 Kgs. dinamita al 60%

    o su equivalente en otros

    explosivos $ 28.100.-

    23* Solicitud para inscribirse o renovar

    inscripción en los siguientes

    registros nacionales de:

  28. Importador de explosivos,

    accesorios y partes componentes $ 28.100.-

  29. Importador de productos

    químicos, gases irritantes, o

    elementos pirotécnicos o fuegos

    artificiales $ 28.100.-

  30. Exportador de explosivos,

    accesorios y partes componentes $ 28.100.-

  31. Exportador de productos

    químicos, gases irritantes, o

    elementos pirotécnicos o fuegos

    artificiales $ 28.100.-

  32. Comerciante de explosivos,

    accesorios y partes componentes $ 28.100.-

  33. Comerciante de productos

    químicos, gases irritantes, o

    elementos pirotécnicos o fuegos

    artificiales $ 28.100.-

    24* Solicitud para inscribirse o renovar

    inscripción en el Registro Nacional

    de Consumidor Habitual de Explosivos,

    como:

  34. Pirquinero, materialero, cantero

    independiente o pequeño minero

    (renovación cada dos años según

    decreto supremo Nº 73 de

    04.dic.991) $ 2.300.-

  35. Empresas constructoras o

    contratistas, pequeña minería

    (renovación anual según

    Reglamento Complementario de

    la ley Nº 17.798) $ 8.850.-

  36. Mediana y gran minería y otras

    empresas $ 28.100.-

    25* Solicitud para inscribirse o

    renovar...

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