Decreto 773 EXENTO - ESTABLECE AREA DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS PARA LA X REGION - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 242355174

Decreto 773 EXENTO - ESTABLECE AREA DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS PARA LA X REGION

EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto

ESTABLECE AREA DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS PARA LA X REGION

Núm. 773 exento.- Santiago, 25 de noviembre de 2003.- Visto: lo dispuesto en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República; la ley Nº 18.892, Ley General de Pesca y Acuicultura, y sus modificaciones, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el D.S. Nº 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la ley Nº 19.492; el D.F.L. Nº 5 de 1983; los D.S. Nº 355 de 1995, Nº 506 y Nº 744, ambos de 1999, Nº 714 de 2000 y Nº 38 de 2001, y los decretos exentos Nº 223, Nº 443, Nº 601, Nº 632, Nº 700, Nº 721, Nº 886 y Nº 934, todos de 2001, Nº 158, Nº 173, Nº 210, Nº 330, Nº 338, Nº 342, Nº 525, Nº 531, Nº 594, Nº 641, Nº 919, Nº 942, Nº 965, Nº 966, Nº 967, Nº 983, Nº 1.002 y Nº1.076, todos de 2002, y Nº 6, Nº 163, Nº 234, Nº 337, Nº 338, Nº 361, Nº 557, Nº 589, Nº 601, Nº 663 y Nº 677, todos de 2003, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el oficio ord. Nº 2.174 de 2002, de la Subsecretaría de Pesca; lo informado por el Departamento de Coordinación Pesquera de la Subsecretaría de Pesca en Memorando (DCP) Nº 0989 de fecha 4 de noviembre de 2003; por el Consejo Zonal de Pesca de la X y XI Regiones mediante oficio Ord./Z4/Nº107 de 2003; por la Subsecretaría de Marina mediante oficio S.S.M.Ord.Nº6025/2280 de fecha 13 de junio de 2003; el D.S. Nº 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y la resolución Nº 520 de 1996 de la Contraloría General de la República,

Considerando:

Que el artículo 48 letra d) de la Ley General de Pesca y Acuicultura establece la facultad y el procedimiento para decretar áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos.

Que los informes técnicos de la Subsecretaría de Pesca y del Consejo Zonal de Pesca de la X y XI Regiones aprueban el establecimiento de un área de manejo en el sector denominado Ensenada Abtao, en la X Región.

Que mediante oficio de la División de Desarrollo Pesquero de la Subsecretaría de Pesca, citado en Visto, se requirió al Consejo Zonal de Pesca de la X y XI Regiones informe técnico para el establecimiento del área anteriormente mencionada, el cual fuera evacuado mediante oficio también indicado en Visto, aprobando la medida propuesta.

Que no obstante lo anterior, en este caso el pronunciamiento del Consejo fue adoptado sin el número mínimo de miembros exigido en el artículo 152 de la Ley...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR