Decreto 234 EXENTO - ESTABLECE AREAS DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS PARA LA X REGION - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 242450750

Decreto 234 EXENTO - ESTABLECE AREAS DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS PARA LA X REGION

EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto

ESTABLECE AREAS DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS PARA LA X REGION

Núm. 234 exento.- Santiago, 24 de marzo de 2003.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República; el D.F.L. Nº 5, de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. Nº 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la ley Nº 19.492; los D.S. Nº 355 de 1995, Nº 506 y Nº 744, ambos de 1999, Nº 714 de 2000 y Nº 38 de 2001 y los decretos exentos Nº 223, Nº 443, Nº 601, Nº 632, Nº 700, Nº 721, Nº 886 y Nº 934, de 2001, Nº 158, Nº 173, Nº 210, Nº 330, Nº 338, Nº 342, Nº 525, Nº 531, Nº 594, Nº 641, Nº 919, Nº 942, Nº 965, Nº 966, Nº 967, Nº 983, Nº 1002 y Nº 1076, de 2002 y Nº 6 y Nº 163, de 2003, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el memorándum (D.C.P.) Nº 133 de 5 de febrero de 2003; los oficios (D.D.P.) Ord. Nº 708, de 10 de mayo de 2001 y Nº 709 de 10 de mayo de 2001, ambos de esta Subsecretaría de Pesca; lo informado por el Departamento de Coordinación Pesquera de la Subsecretaría de Pesca en memorándum Nº 191 de 25 de febrero de 2003; por el Consejo Zonal de Pesca de la X y XI regiones mediante oficios Ord./Z4/ Nº 161 de 5 de diciembre de 2001 y Ord./Z4/ Nº 162 de 5 de diciembre de 2001; por la Subsecretaría de Marina mediante oficios S.S.M. Nº 12210/1943 S.S.P., de 30 de mayo de 2002 y S.S.M. Nº 6025/694 S.S.P., de 17 de febrero de 2003; por el Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada mediante oficio SHOA Ordinario Nº 13000/82 S.S.P. de 24 de mayo de 2002; el D.S. Nº 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; y la resolución Nº 520 de 1996 de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que el artículo 48 letra d) de la Ley General de Pesca y Acuicultura establece la facultad y el procedimiento para decretar áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos.

Que los informes técnicos de la Subsecretaría de Pesca y del Consejo Zonal de Pesca de la X y XI regiones aprueban el establecimiento de tres áreas de manejo en los sectores denominados Cailín, Sectores C y D y Bahía San Pedro, todos de la X Región.

Que mediante oficios (D.D.P.) Ord. Nº 708, de 10 de mayo de 2001 y Nº 709 de 10 de mayo de 2001, ambos de esta Subsecretaría de Pesca, se requirió al Consejo Zonal de Pesca de la X y XI regiones informe técnico...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR