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Decreto núm. 6 EXENTO, publicado el 08 de Febrero de 1984. MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE PANQUEHUE
Rango de LeyDecreto

MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS

Núm. 6 exento.- Panquehue, Enero 26 de 1984.- Vistos: El Art. 43 y demás pertinentes del D.L. Nº 3.063 de 1979 sobre Rentas Municipales y las facultades que me confiere el D.L. 1.289 de 1976 Orgánica de Municipalidades y Administración Comunal, y

Teniendo presente: La necesidad de modificar, agregar y eliminar algunos derechos determinados en la ordenanza local sobre derechos municipales por concesiones, permisos y servicios incluidos en decreto exento Nº 2, del 17 de Enero 1983,

Decreto:

  1. Modifíquese la ordenanza local aprobada por decreto

exento Nº 2 del 17.01.83 en los puntos que se señalan, los

que regirán en la forma que se indica:

Artículo 9º

3.- Padrones duplicados, transferencias, cambio de

domicilio o color, excepto cuando los duplicados

sean emitidos junto al pago del permiso de

circulación anual 8% UTM

5.- Permiso especial transporte de personas en

vehículos de carga mensual 30% UTM

7.- Bodegaje de vehículos y especies abandonados o

retenidos por cualquier causa, diario:

Motos, motocicletas, motonetas, bicicletas 1% UTM

Automoviles, furgones 5% U.T.M.

Vehículos tracción humana y animal 2% UTM

Camiones, camionetas de carga, buses,

microbuses 7% UTM

Otros no clasificados 8% UTM

Artículo 10º

1.- Ocupación o concesión bien nacional de uso público

o municipal, semestral 8% UTM por M2.

2.- Letreros, carteles o avisos no luminosos por M2.

Semestral 10% UTM

3.- Letreros, carteles o avisos luminosos por M2.

Semestral 8% UTM

4.- Propaganda especial en carretera, anual 1 1/2 UTM

7.- Bailes públicos por día sin venta de

alcohol 10% UTM

8.- Autorización especial transitoria para expendio de

bebidas alcohólicas en los días de Fiestas Patrias

y en otras oportunidades según el Art. 159 de la

Ley 17.105 sobre Alcoholes, Bebidas Alcohólicas y

Vinagres, por día 25% UTM

9.- Rodeos, carreras a la chilena y otros similares,

por día 20% UTM

12.- Venta de frutas de temporada y productos

hortícolas en vehículos de carga superior a 1.750

Kg., por día...

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