Decreto núm. 410 EXENTO, publicado el 28 de Febrero de 2007. DECLARA PLENA AUTONOMIA DEL CENTRO DE FORMACION TECNICA FONTANAR - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470323482

Decreto núm. 410 EXENTO, publicado el 28 de Febrero de 2007. DECLARA PLENA AUTONOMIA DEL CENTRO DE FORMACION TECNICA FONTANAR

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto

DECLARA PLENA AUTONOMIA DEL CENTRO DE FORMACION TECNICA FONTANAR

Núm. 410 exento.- Santiago, 29 de enero de 2007.- Considerando:

Que, el Centro de Formación Técnica FONTANAR, ha sido creado y organizado en virtud de las normas contenidas en la ley Nº 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza, mediante decreto exento de Educación Nº 513, del 20 de abril de 1998 e inscrito en el registro correspondiente con el Nº 249;

Que, el Ministerio de Educación ha verificado el desarrollo del proyecto institucional del Centro de Formación Técnica FONTANAR por un período de seis años contados desde el inicio de sus actividades docentes;

Que, de acuerdo a lo estipulado en el decreto Nº 547, de 1997, las visitas de verificación por el período de seis años, estuvieron a cargo de una comisión de pares evaluadores, quienes emitieron informes de estado de avances del funcionamiento de la institución en base a los criterios de evaluación establecidos en el artículo 6º del decreto supremo Nº 547, de 1997, que reglamenta las normas para la acreditación de los Centros de Formación Técnica;

Que la División de Educación Superior habida cuenta de los antecedentes disponibles en sus archivos sobre el Centro de Formación Técnica FONTANAR, más los antecedentes referidos al Proyecto Institucional, la respuesta al último Informe Preliminar, los Informes de Estado de Avance, el Informe Autoevaluativo y los Criterios de Evaluación, concluyó que el Centro aún no presentaba un desarrollo satisfactorio de su funcionamiento y de su proyecto institucional globalmente considerado, lo que se refleja en insuficiencias en materias relativas a aspectos académicos, administrativo-académicos, de infraestructura, de equipamiento y financieras;

Que, en consideración a lo anterior, el Ministerio de Educación mediante resolución exenta Nº 6.608, del 5 de mayo de 2004, amplió el período de acreditación del Centro de Formación Técnica FONTANAR, por tres años a contar de diciembre del año 2003, requiriendo el cumplimiento de una serie de acciones dentro de un plazo señalado, como condición previa para la obtención de la plena autonomía;

Que, de acuerdo a lo estipulado en el decreto supremo Nº 547, de 1997, el Ministerio de Educación realizó la primera visita de verificación, después de la prórroga de la acreditación, los días 14 y 16 de junio de 2005, dando origen al Primer Informe de Avance enviado al Centro mediante ord. Nº 06/3403...

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