Decreto 2 EXENTO - ESTABLECE CUOTA GLOBAL ANUAL DE CAPTURA INDUSTRIAL PARA EL RECURSO MERLUZA DEL SUR EN AGUAS INTERIORES SUR AÑO 2002
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO |
Rango de Ley | Decreto |
ESTABLECE CUOTA GLOBAL ANUAL DE CAPTURA INDUSTRIAL PARA EL RECURSO MERLUZA DEL SUR EN AGUAS INTERIORES SUR AÑO 2002
Núm. 2 exento.- Santiago, 4 de enero de 2002.- Visto: Lo informado por el Departamento de Pesquerías de la Subsecretaría de Pesca en Informe Técnico (R. Pesq.) Nº 114/2001; lo dispuesto en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República; el D.F.L.
Nº 5 de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. Nº 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el decreto supremo Nº 354 de 1993 y los decretos exentos Nº 140 de 1996, Nº 483 y Nº 918, ambos de 2001, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el D.S. Nº 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la resolución Nº 520 de la Contraloría General de la República; las comunicaciones previas a los Consejos Zonales de Pesca de la X y XI Regiones y XII Región y Antártica Chilena.
Considerando:
Que el artículo 1º letra g) del D.S. Nº 354 de 1993, citado en Visto, declaró a la unidad de pesquería del recurso Merluza del sur en estado y régimen de plena explotación, en el área marítima de aguas exteriores sur comprendida entre los paralelos 47° y 57° L.S.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11º transitorio de la Ley General de Pesca y Acuicultura corresponde establecer para el año 2002 una cuota global anual de captura para el recurso Merluza del sur Merluccius australis en aguas interiores sur comprendida entre los paralelos 47° y 57° L.S., por existir naves industriales que cuentan con autorización de pesca vigente en la señalada área de pesca.
Que el artículo 3º de la Ley General de Pesca y Acuicultura establece la facultad y el procedimiento para fijar cuotas globales anuales de captura.
Que se ha comunicado esta medida de administración a los Consejos Zonales correspondientes.
D e c r e t o:
Fíjase para el año 2002, una cuota global anual de captura de Merluza del sur Merluccius australis de 400 toneladas para las aguas interiores sur, comprendidas entre los paralelos 47° y 56° L.S., a ser extraídas por la flota industrial, fraccionadas de la siguiente manera:
Período enero-julio : 200 toneladas.
Período septiembre-diciembre : 200 toneladas.
Las faenas de extracción que se efectúen en aguas del Estrecho de Magallanes se imputarán a la cuota antes...
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