Decreto 404 EXENTO - COMPLEMENTA DECRETO N° 1.122 EXENTO DE 2011 Y DECRETO N° 958 EXENTO DE 2012, EN PARTES QUE INDICA - MINISTERIO DE BIENES NACIONALES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 428710938

Decreto 404 EXENTO - COMPLEMENTA DECRETO N° 1.122 EXENTO DE 2011 Y DECRETO N° 958 EXENTO DE 2012, EN PARTES QUE INDICA

EmisorMINISTERIO DE BIENES NACIONALES
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor22 de Marzo de 2013

COMPLEMENTA DECRETO N° 1.122 EXENTO DE 2011 Y DECRETO N° 958 EXENTO DE 2012, EN PARTES QUE INDICA

Extracto de decreto (exento) Nº 404, de 13 de marzo de 2013.

Mediante decreto (exento) Nº 1.122, de 28 de septiembre de 2011, modificado por decreto (exento) Nº 958, de 24 de octubre de 2012, todos del Ministerio de Bienes Nacionales, se otorgó una concesión onerosa directa por un plazo de 35 años, a favor de Sociedad de Desarrollo Urbano Valdivia Limitada, del 100% de las acciones y derechos que el Fisco posee sobre el inmueble ubicado en calle Anfión Muñoz Nº 360, que corresponde al Lote 1-A, comuna y provincia de Valdivia, Región de Los Ríos.

Posteriormente, y dada la importancia que implica el proyecto para la ciudad de Valdivia, ha surgido la necesidad de complementar la concesión otorgada por los decretos antes señalados. Por lo anterior: Compleméntese el decreto (exento) Nº 1.122, de 2011, modificado por decreto (exento) Nº 958 de 2012, todos, del Ministerio de Bienes Nacionales, de la siguiente forma:

El numero 6), en el sentido que se agrega el siguiente párrafo: A lo largo de la vida útil del proyecto y mientras se encuentre vigente el contrato a celebrar, la concesionaria podrá realizar ampliaciones al mismo para permitir un mejor cumplimiento del objeto de la concesión, cuyo giro principal es el Terminal de Buses de Valdivia. Sólo si estas ampliaciones exceden el 50% de la superficie total construida deberá contar con la autorización previa del Ministerio de Bienes Nacionales y con las otras autorizaciones que de acuerdo a las disposiciones legales aplicables, eventualmente sea necesario obtener. El Ministerio de Bienes Nacionales tendrá un plazo de sesenta días para pronunciarse acerca de las modificaciones propuestas por la Concesionaria, las que deberá presentarlas por escrito a la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales...

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