Decreto 1466 EXENTO - AUTORIZA CIRCULACIÓN EN DÍAS QUE INDICA A VEHÍCULO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 239159970

Decreto 1466 EXENTO - AUTORIZA CIRCULACIÓN EN DÍAS QUE INDICA A VEHÍCULO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES

EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA CIRCULACIÓN EN DÍAS QUE INDICA A VEHÍCULO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES

Núm. 1.466 exento.- Santiago, 7 de agosto de 2009.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos y del decreto ley N° 799 de 1974 y sus modificaciones; el artículo 1°, número 7 del decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el decreto exento N° 198 de 2004 del Ministerio de Relaciones Exteriores; el decreto con fuerza de ley N° 53 de 1979, de Ministerio de Relaciones Exteriores; oficio circular N° 26, de 15 de abril de 2003 de los Ministerios de Hacienda y de Interior; las resoluciones exentas N° A-440/09 y A-447/09 ambas de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales y la resolución N° 1.600 de 30 octubre de 2008 de la Contraloría General de la República,

Considerando:

  1. Que el vehículo institucional marca Citroen, modelo C-5 2.0 SX color Gris Aluminio, placa patente VX-5823, autorizado por decreto exento N° 198 del 2004 del Ministerio de Relaciones Exteriores, para circular en días sábado en la tarde, domingo y festivos y a la vez eximido de la obligación de portar el disco fiscal establecida en el artículo 3° de DL N° 799, ha sido dado de baja con enajenación mediante resolución exenta del Servicio N° A-440 de 2009 y reemplazado por el vehículo que a continuación se indica;

  2. Que con fecha 23 de junio de 2009, fue adquirido vehículo institucional marca Samsung, modelo SM7 2.3, placa patente CCRW-20 y dado de alta a través de resolución exenta N° A-447/2009, el cual fue asignado al Director de Asuntos Económicos Bilaterales de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales, Sr. Andrés Rebolledo Smitmans;

  3. Que por la naturaleza de las funciones propias de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales y, en particular, las que corresponde cumplir al Director de Asuntos Económicos Bilaterales, se hace necesario que el vehículo de la dotación de dicho servicio que se singulariza en el numeral 1° de la parte dispositiva de este decreto, pueda desplazarse a lo largo de todo el país en cualquier día del año, como asimismo, circular prescindiendo del uso del disco distintivo estatal a que hace referencia el artículo 3° del decreto ley N° 799, de 1974;

    Decreto:

  4. Autorízase a circular en días sábado en la tarde, domingo y festivos, al automóvil de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Relaciones...

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