Decreto 1610 EXENTO - AUTORIZA CIRCULACIÓN EN DÍAS QUE INDICA A VEHÍCULO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 239159702

Decreto 1610 EXENTO - AUTORIZA CIRCULACIÓN EN DÍAS QUE INDICA A VEHÍCULO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES

EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA CIRCULACIÓN EN DÍAS QUE INDICA A VEHÍCULO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES

Núm. 1.610 exento.- Santiago, 25 de agosto de 2009.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos y del decreto ley Nº 799, de 1974, y sus modificaciones; el artículo 1º, número 7 del decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el decreto exento Nº 1.024, de 2006, del Ministerio de Relaciones Exteriores; el decreto con fuerza de ley Nº 53, de 1979, de Ministerio de Relaciones Exteriores; oficio circular Nº 26, de 15 de abril de 2003, de los Ministerios de Hacienda y de Interior; las resoluciones exentas Nº A-446/09 y A-549/09, ambas de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales, y la resolución Nº 1.600, de 30 octubre de 2008, de la Contraloría General de la República,

Considerando:

  1. Que con fecha 25 de junio de 2009, fue adquirido vehículo institucional marca Nissan, modelo Teana 2.5 JL801, placa patente CCRW-19 y dado de alta a través de resolución exenta Nº A-446/2009, el cual fue asignado al Director General de Relaciones Económicas Internacionales, Sr. Carlos Furche G.

  2. Que el vehículo institucional marca Hyundai, modelo Sonata NF 2.4 GLS, placa patente WG-7606 que se encontraba asignado al Director General de Relaciones Económicas Internacionales, ha sido reasignado a la Directora de Prochile de Direcon, mediante la resolución exenta Nº A-549, de fecha 18 de agosto de 2009.

  3. Que por la naturaleza de las funciones propias de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales y, en particular, las que corresponde cumplir a su Director General, se hace necesario que el vehículo de la dotación de dicho servicio que se singulariza en el numeral 1º de la parte dispositiva de este decreto, pueda desplazarse a lo largo de todo el país en cualquier día del año, como asimismo, circular prescindiendo del uso del disco distintivo estatal a que hace referencia el artículo 3º del decreto ley Nº 799, de 1974,

    Decreto:

  4. Autorízase a circular en días sábado en la tarde, domingo y festivos, al automóvil de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, que a continuación se singulariza, asignado al uso del señor Director General de Relaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, don Jorge Bunster Betteley, o del funcionario(a) que...

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