Resolución núm. 7733 EXENTA, publicada el 11 de Agosto de 2011. APRUEBA PROCEDIMIENTO DE TOMA DE MUESTRAS PARA EXÁMENES DE ALCOHOLEMIA EN SERVICIO MÓVIL QUE INDICA - SERVICIO MÉDICO LEGAL - SERVICIO NACIONAL - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469600902

Resolución núm. 7733 EXENTA, publicada el 11 de Agosto de 2011. APRUEBA PROCEDIMIENTO DE TOMA DE MUESTRAS PARA EXÁMENES DE ALCOHOLEMIA EN SERVICIO MÓVIL QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorSERVICIO MÉDICO LEGAL
Rango de LeyResolución

APRUEBA PROCEDIMIENTO DE TOMA DE MUESTRAS PARA EXÁMENES DE ALCOHOLEMIA EN SERVICIO MÓVIL QUE INDICA

Núm. 7.733 exenta.- Santiago, 1 de julio de 2011.- Vistos: Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653 que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; las facultades que me concede la Ley Nº 20.065 sobre Modernización, Regulación Orgánica y Planta del personal del Servicio Médico Legal; la resolución exenta Nº 8.833/10 publicada en el Diario Oficial de la República el 30 de septiembre de 2010, y la resolución Nº 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. - Que, el Servicio Médico Legal ha fijado los procedimientos de toma de muestra sanguínea para la práctica de exámenes de alcoholemias, estableciendo los procedimientos administrativos consustanciales a éste y velando por la seguridad, conservación e invulnerabilidad de las muestras que serán derivadas a este servicio para su procesamiento, observando además las normas que constituyan la cadena de custodia y sigilo correspondiente a todo examen médico legal y el despacho oportuno y reservado de los mismos a los Tribunales, Ministerio Público u otros organismos competentes que lo soliciten.

  2. - Que, el procedimiento para determinar la dosis de alcohol en la sangre está compuesto por diversas etapas reguladas en el texto sobre Instrucciones y Normativa Técnica sobre Exámenes de Alcoholemia, aprobado por resolución exenta Nº 8.833/2010.

  3. - Que, se estima necesario e indispensable contar con establecimientos o servicios competentes, públicos y/o privados, es decir, servicios de asistencia pública, hospitales, postas de primeros auxilios de los servicios de salud, clínicas privadas, que estén capacitados para la toma de muestras sanguíneas para la realización de exámenes de alcoholemia, cumpliéndose la Normativa Técnica del Servicio.

  4. - Que, en virtud de un proyecto de control preventivo, el Ministerio del Interior ha requerido una aprobación técnica del Área de Laboratorios del Servicio Médico Legal para desempeñar temporalmente la toma de muestras de sangre para su determinación de alcohol, en una sede móvil dependiente del Centro de Urgencias de Puente Alto habilitado, consistente en una ambulancia que cuenta con las herramientas esenciales para realizar el procedimiento técnico y administrativo requerido, y con el personal idóneo capacitado...

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