Resolucion núm. 1600 EXENTA, el 04 de Noviembre de 2008. AUTORIZA A LA SOCIEDAD CONTROL DE GAS LIMITADA COMO ORGANISMO DE CERTIFICACIÓN DE INSTALACIONES DE GAS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA |
Rango de Ley | Resolución |
AUTORIZA A LA SOCIEDAD CONTROL DE GAS LIMITADA COMO ORGANISMO DE CERTIFICACIÓN DE INSTALACIONES DE GAS
Núm. 1.600 exenta.- Santiago, 17 de octubre de 2008.- Visto: La ley Nº 18.410; el D.F.L. Nº 323, de 1931, del Ministerio del Interior; el decreto Nº 66, de 2007, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el "Reglamento de Instalaciones Interiores y Medidores de Gas"; la resolución exenta Nº 489/99, de esta Superintendencia, que "Actualiza Procedimiento para la Inspección Periódica de las Instalaciones de Gas" y la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de toma de razón, y;
Considerando:
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Que la empresa Control de Gas Limitada, con fecha 28 de marzo de 2008, solicitó a esta Superintendencia, autorización para operar como entidad de certificación de instalaciones interiores de gas, en conformidad a lo dispuesto en la resolución exenta Nº 489, de 1999.
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Que la resolución exenta Nº 489, de 1999, de esta Superintendencia, en su punto 3.3.2, establece los requisitos que deben reunir los postulantes a entidad de certificación de instalaciones interiores de gas, para ser autorizadas como tal, con la finalidad de ejecutar las inspecciones periódicas y certificaciones de acuerdo a procedimientos estandarizados y que permiten evaluar objetivamente las instalaciones interiores de gas, garantizando su calidad y seguridad.
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Que entre los requisitos la interesada debió demostrar que contaba con acreditación vigente en el Sistema Nacional de Acreditación, administrado por el Instituto Nacional de Normalización, INN, de acuerdo a la Norma Oficial Chilena NCh 2404.Of.97.
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Que el Consejo del Instituto Nacional de Normalización (INN), con fecha 10 de marzo de 2008, aprobó la acreditación de la sociedad Control de Gas Limitada, de acuerdo al convenio INN-SEC, como organismo de inspección en el área inspecciones de instalaciones interiores de gas, en el Sistema Nacional de Acreditación del INN. Dicha acreditación se extiende hasta el 10 de marzo de 2011.
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Que revisados los antecedentes acompañados por la Sociedad Control de Gas Limitada, se ha constatado que reúne todos los requisitos exigidos en el punto 3.3.2 de la resolución exenta Nº 489, de 1999, que la habilitan para operar como entidad de certificación de instalaciones interiores de gas,
Resuelvo:
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