Resolución núm. 78 EXENTA, publicada el 15 de Noviembre de 2010. CREA Y REGLAMENTA EL SERVICIO POSTAL DENOMINADO 'CASILLA BENEFICIO'
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | EMPRESA DE CORREOS DE CHILE |
Rango de Ley | Resolución |
CREA Y REGLAMENTA EL SERVICIO POSTAL DENOMINADO "CASILLA BENEFICIO"
Núm. 78 exenta.- Santiago, 10 de noviembre de 2010.- Vistos y considerando: El artículo 2º de DFL Nº 10, de 1981 y el artículo 5º del decreto Nº 642, de 2004, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Telecomunicaciones; el decreto Nº 5.037, de 1960 del Ministerio del Interior; la necesidad de crear servicios postales para satisfacer las necesidades del mercado, el Acuerdo Nº96/2010 del Directorio de la Empresa de Correos de Chile, adoptado en la Sesión Cuatrigésima Cuarta Ordinaria de fecha 3 de noviembre de 2010; la resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República; y en uso de las facultades que me confiere la resolución Nº 1, de 2002 y la resolución exenta Nº44, de 2010, ambas de la Empresa de Correos de Chile, dicto la siguiente:
Resolución:
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Créase y reglaméntase el servicio postal denominado "Casilla Beneficio", que consiste en un clasificador postal de cobertura nacional, que permite recepcionar uno o más objetos de correspondencia de un solo remitente, para ser entregado a sus destinatarios en las sucursales de la Empresa de Correos de Chile.
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- Características generales del servicio
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Servicio postal para el ámbito nacional.
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Mercado Objetivo: Empresas e instituciones con grandes volúmenes de imposición.
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Vigencia y condiciones del servicio: Según contrato y por el plazo de un año.
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- Principales atributos del servicio
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Admisión en planta o sucursal
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Impresión complementaria en caja
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Cobertura nacional
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- Procedimientos generales
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Servicios postales y procedimientos de entrega, conforme a la reglamentación vigente del servicio postal contratado.
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Programación del plazo máximo de disposición de envíos en clasificador a convenir según cobertura.
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- Tarifas
Las tarifas para el servicio "Casilla Beneficio" serán las vigentes para el arriendo del servicio postal de clasificador nivel I-A.
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- Prohibiciones y restricciones
Quedan excluidos del servicio aquellos envíos cuyo contenido se encuentre prohibido por la legislación y reglamentación vigentes.
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