Resolución núm. 3309 EXENTA, publicada el 16 de Agosto de 2011. APRUEBA NORMA GENERAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICAS Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIONES EXENTAS QUE INDICA - INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICAS - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469598894

Resolución núm. 3309 EXENTA, publicada el 16 de Agosto de 2011. APRUEBA NORMA GENERAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICAS Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIONES EXENTAS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICAS
Rango de LeyResolución

APRUEBA NORMA GENERAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICAS Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIONES EXENTAS QUE INDICA

Núm. 3.309 exenta.- Santiago, 12 de agosto de 2011.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 1º inciso final y 8º del decreto Nº 100/2005 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República; el DFL Nº 1-19.653/2000 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley Nº 20.285 sobre Accesos a la Información Pública; la ley Nº 20.500 sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública; los artículos 2º letra a), , 4º letra j) de la ley Nº 17.374 del INE; los artículos y 3º letra a), h) y j) del decreto de Economía Nº 1.062/70, la resolución Nº 1.600/2008 de Contraloría General de la República; el Instructivo Presidencial Nº 002/2011 para la Participación Ciudadana en la Gestión Pública; las resoluciones exentas Nº 1.214/2009 y 3.257/2010 del INE; documentación adjunta; y

Considerando:

a) Que en virtud del artículo 1º inciso final y 8º de la Constitución Política de la República, contenidos en el decreto Nº 100/2005 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia se dispone respectivamente, el deber del Estado de asegurar el derecho de participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional y los Principios de Probidad, Transparencia y Publicidad en el Ejercicio de la Función Pública.

b) Que en conformidad a lo dispuesto en los artículos , 69º y siguientes del DFL Nº 1-19.653/2000 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, se contempla como principio de la Administración del Estado "la Participación Ciudadana en la Gestión Pública", además de disponer su respectiva reglamentación.

c) Que en miras de cumplir con lo dispuesto en la Constitución Política de la República y fomentar el acceso a información, se publicó la ley Nº 20.285 el 20 de agosto de 2008.

d) Que en el mismo sentido, posteriormente se publicó el 16 de agosto de 2011 la ley Nº 20.500 sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, norma que incorporó entre otros, el nuevo artículo 70º de la Ley de Bases de la Administración del Estado, ordenando que los órganos del Estado establezcan las modalidades formales y específicas de participación que tendrán las personas y organizaciones en el ámbito de su competencia.

e) Sumado a lo anterior, el Presidente de la República definió como eje central de su gestión, la implementación de una política en participación ciudadana para el período 2010-2014, lo que se materializó a través del Instructivo Nº 002/2011, estableciendo objetivos estratégicos e instrucciones generales para la Administración del Estado.

f) Que el Instituto Nacional de Estadísticas, en virtud de su ley Nº 17.374 es un organismo técnico, autónomo e independiente, encargado del proceso de elaboración de las estadísticas y censos oficiales de la República, proporcionando información económica, social, demográfica, medioambiental y censal de manera transparente y accesible, con la finalidad que los agentes públicos y privados tomen decisiones...

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