Resolución núm. 109 EXENTA, publicada el 17 de Octubre de 2012. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 58, DE 2011
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | EMPRESA DE CORREOS DE CHILE |
Rango de Ley | Resolución |
MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 58, DE 2011
Núm. 109 exenta.- Santiago, 5 de octubre de 2012.- Vistos y considerando: El decreto con fuerza de ley Nº10, de 1981 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Telecomunicaciones; la necesidad de modificar los servicios para ajustarlos a los requerimientos del mercado; la resolución 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; la resolución Nº 1, de 2002, la resolución exenta Nº 57, de 2011 y la resolución exenta Nº 67, de 2011, todas de la Empresa de Correos de Chile, dicto la siguiente:
Resolución:
-
Modifíquese la resolución Nº 58, de 2011, reemplazando:
. Su letra a) por la siguiente nueva:
a. Incidencia Terminal: Contingencia que impide la
entrega de un envío cuyo origen se relaciona con la
dirección de destino o con la persona del
destinatario y que son susceptibles de superar con
nuevas instrucciones o parámetros entregados por el
remitente o información complementaria entregada
por el destinatario. Entre otras se contempla:
cambio de domicilio, dirección insuficiente,
dirección incorrecta, destinatario desconocido en
la dirección de destino, número de dirección
inexistente, destinatario fallecido, envío
rehusado, plazo cumplido, entre otras.
Procedimiento en caso de incidencia terminal
La Empresa de Correos de Chile, a través del
Servicio al Cliente, tomará contacto con el
remitente y/o destinatario para generar una nueva
instrucción de entrega o complementar la
información de entrega existente, dentro de 4 días
hábiles contados desde que el envío fue trasladado
a la bodega de la empresa, después del intento de
entrega fallido. Una vez establecido el contacto
con el remitente o destinatario, éste tendrá 1 día
hábil para generar una nueva instrucción de entrega
o complementar la información de entrega existente,
según corresponda, debiendo explicitarla vía
telefónica o correo electrónico. Si dicha
instrucción no se explicita o bien no se logra
contacto con el remitente, la Empresa de Correos de
Chile procederá a devolver el envío al remitente.
Recibida la información del remitente y/o
destinatario, se ingresará al sistema y se
procederá a ejecutarla.
. Su letra d) por la siguiente nueva:
d. Envíos destinados a Sucursales
Para los envíos dirigidos a sucursales de la
Empresa de Correos de Chile, éstos permanecerán 5
días hábiles en la sucursal de destino.
Transcurrido dicho plazo sin que el envío haya sido
retirado por el destinatario, el envío será
...
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