Resolucion núm. 316 EXENTA, el 18 de Febrero de 2008. FIJA DESIGNACIÓN DE PERSONAS QUE INDICA COMO INTEGRANTES DEL CONSEJO NACIONAL DEL LIBRO Y LA LECTURA - CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470300758

Resolucion núm. 316 EXENTA, el 18 de Febrero de 2008. FIJA DESIGNACIÓN DE PERSONAS QUE INDICA COMO INTEGRANTES DEL CONSEJO NACIONAL DEL LIBRO Y LA LECTURA

Publicado enDiario Oficial
EmisorCONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES
Rango de LeyResolución

FIJA DESIGNACIÓN DE PERSONAS QUE INDICA COMO INTEGRANTES DEL CONSEJO NACIONAL DEL LIBRO Y LA LECTURA

Núm. 316 exenta.- Valparaíso, 6 de febrero de 2008.- Visto: Estos antecedentes; el memorando interno Nº 05/4277, de Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional del Libro y la Lectura, de fecha 8 de octubre de 2007, que solicita designación de nuevos consejeros para el Consejo Nacional del Libro y la Lectura; el memorando interno Nº 04/687, de fecha 8 de octubre de 2007, Jefe del Departamento Jurídico; la carta de fecha 4 de octubre de 2007, de la presidenta de Colegio de Bibliotecarios de Chile A.G.; la carta Nº 466/2007, de fecha 3 de octubre de 2007, de Secretario General del Consejo de Rectores de Universidades Chilenas; la carta Nº 098/07, de fecha 27 de septiembre de 2007, de Director Secretario de la Cámara Chilena del Libro A.G.; la carta de fecha 28 de septiembre de 2007, del presidente de Editores de Chile A.G.; la carta de fecha 1º de octubre de 2007, del presidente de Sociedad de Escritores de Chile; la carta de fecha 22 de octubre de 2007, del Directorio Nacional del Colegio de Profesores de Chile A.G.; la carta de fecha 20 de noviembre de 2007, de la Sociedad de Escritores de Chile; la minuta N-70, de fecha 23 de noviembre de 2007, de Jefe de Gabinete de Ministra de Cultura a Jefa de Departamento de Creación Artística; la minuta Nº 05/400, de fecha 28 de noviembre de 2007, de Jefa Departamento de Creación Artística a Secretaria Ejecutiva del Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura; la minuta s/nº y sin fecha, de Secretaria Ejecutiva del Fondo Nacional de Fomento del Libro y la Lectura al Jefe del Departamento Jurídico, recibida por este departamento con fecha 11 de enero de 2007, y el memorando interno Nº 04/49, de fecha 17 de enero de 2008, del Jefe de Departamento Jurídico.

Considerando:

Que, de acuerdo a lo previsto en la ley Nº 19.227, de 1993, que crea el Consejo Nacional del Libro y la Lectura, este órgano se compone de doce personas, a cuya integración concurren, entre otros, dos académicos de reconocido prestigio designados por el Consejo de Rectores, uno de los cuales deberá pertenecer a alguna universidad con sede en las regiones del país; dos escritores designados por la asociación de carácter nacional más representativa que los agrupe; dos representantes de las asociaciones de carácter nacional más representativas de los editores y distribuidores y libreros, debiendo uno...

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