Resolución núm. 113 EXENTA, publicada el 06 de Mayo de 2011. REGULA GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE LA ACTIVIDAD DE ASESOR ECONÓMICO DE INSOLVENCIAS - SUPERINTENDENCIA DE QUIEBRAS - SUPERINTENDENCIAS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469670178

Resolución núm. 113 EXENTA, publicada el 06 de Mayo de 2011. REGULA GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE LA ACTIVIDAD DE ASESOR ECONÓMICO DE INSOLVENCIAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorSUPERINTENDENCIA DE QUIEBRAS
Rango de LeyResolución

REGULA GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE LA ACTIVIDAD DE ASESOR ECONÓMICO DE INSOLVENCIAS

Núm. 113 exenta.- Santiago, 22 de febrero de 2011.- Vistos: Lo dispuesto en la Ley Nº 18.175, Orgánica de la Superintendencia de Quiebras; en el DFL Nº 1/19.653, de 2001, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.575, Orgánica de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº 19.880, de Bases sobre los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que establece normas sobre exención del trámite de toma de razón; en la ley Nº 20.416, de 2010 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, actual Turismo, que Fija Normas Especiales para las Empresas de Menor Tamaño, que en su artículo undécimo establece la Ley de Reorganización o Cierre de Micro y Pequeñas Empresas en Crisis; en el decreto Nº 212, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, de 3 de agosto de 2010, publicado en el Diario Oficial el 22 de febrero de 2011, por medio del que se aprueba el Reglamento sobre Sistema Voluntario para la Reorganización o Cierre de Micro y Pequeñas Empresas en Crisis; en el decreto Nº 885, del Ministerio de Justicia, del 19 de noviembre de 2010, y las necesidades de buen servicio de esta Superintendencia.

Considerando

  1. - Que, la ley Nº 20.416, publicada en el Diario Oficial el 3 de febrero de 2010, que Fija Normas Especiales para las Empresas de Menor Tamaño, en su artículo undécimo establece la "Ley de Reorganización o Cierre de Micro y Pequeñas Empresas en Crisis"; en adelante la "Ley".

  2. - Que, la Superintendencia de Quiebras, en adelante la "Superintendencia", mediante resolución exenta Nº 536, de 25 de junio de 2010, creó la Unidad de Empresas de Menor Tamaño, la que fue dejada sin efecto por resolución exenta Nº 112, de 22 de febrero de 2011, que creó el Subdepartamento de Empresas de Menor Tamaño, dependiente del Departamento Jurídico y estableció sus funciones, entre las cuales se dispone que será la instancia encargada de fiscalizar las actuaciones de los Asesores Económicos de Insolvencias, en adelante el "Asesor" o los "Asesores", en todos los aspectos de su gestión.

  3. - Que, el título segundo, artículo 10º de la ley, dispone que todo Asesor, deberá mantener depositada en la Superintendencia, una Garantía de Fiel Cumplimiento de su actividad, en adelante la "Garantía", cuya...

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