Resolución núm. 2352 EXENTA, publicada el 05 de Diciembre de 2011. EJECUTA PARCIALMENTE ACUERDO DE CONSEJO N° 2.682, DE 2011, Y APRUEBA NORMAS QUE REGULARÁN EL 'SISTEMA DE FOMENTO A LA CALIDAD Y A LA PRODUCTIVIDAD'
Emisor | CORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN |
Rango de Ley | Resolución |
EJECUTA PARCIALMENTE ACUERDO DE CONSEJO N° 2.682, DE 2011, Y APRUEBA NORMAS QUE REGULARÁN EL "SISTEMA DE FOMENTO A LA CALIDAD Y A LA PRODUCTIVIDAD"
Núm. 2.352 exenta.- Santiago, 29 de noviembre de 2011.- Visto:
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El acuerdo de Consejo N° 2.682, de 23 de junio de 2011, que aprobó las normas que regularán el Sistema de Fomento a la Calidad y a la Productividad.
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Que el acuerdo señalado en el Visto anterior, suprimió la facultad transitoria conferida para cofinanciar capital de trabajo en el instrumento "Programa de Emprendimientos Locales - PEL", atendido que el plazo extraordinario por el cual se otorgó dicho apoyo, esto es, el 31 de diciembre de 2010, ya expiró.
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Que, además, modificó el Instrumento Focal conforme sus nuevas orientaciones, incorporando la certificación del producto y su orientación al mercado.
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Por último, agregó como beneficiarios a las organizaciones de usuarios de aguas en proceso de constitución conforme se ha incorporado a la ley N° 18.450 de fomento a la inversión privada en obras de riego y drenaje.
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El artículo 3° de la ley N° 19.880, que dispone que las decisiones de los órganos administrativos pluripersonales deben ejecutarse o llevarse a efecto mediante la dictación de una resolución de la autoridad ejecutiva competente.
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Que la letra D del Acuerdo de Consejo N° 2.682, antes citado, que contiene delegaciones de facultades en los Directores Regionales de CORFO, será puesta en ejecución mediante resolución afecta, por tratarse de una materia sometida a control de legalidad por Contraloría General de la República.
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El artículo 3° de la ley N° 19.880, que dispone que las decisiones de los órganos administrativos pluripersonales deben ejecutarse o llevarse a efecto mediante la dictación de una resolución de la autoridad ejecutiva competente.
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Las facultades que me confiere la ley Nº 6.640; el Reglamento General de la Corporación y lo establecido en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Resuelvo:
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Ejecútase parcialmente el Acuerdo de Consejo N° 2.682, de fecha 23 de junio de 2011, en los términos expresados en el resuelvo siguiente.
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Apruébanse las siguientes normas que regularán el "Sistema de Fomento a la Calidad y a la Productividad":
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INSTRUMENTOS DE FOMENTO A LA CALIDAD Y A LA PRODUCTIVIDAD
Los Instrumentos de Fomento a la Calidad y a la Productividad permiten financiar o cofinanciar Programas o...
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