Resolución núm. 1284 EXENTA, publicada el 18 de Junio de 2012. DELEGA FUNCIONES DIRECTIVAS QUE INDICA A FUNCIONARIO QUE SEÑALA - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469206002

Resolución núm. 1284 EXENTA, publicada el 18 de Junio de 2012. DELEGA FUNCIONES DIRECTIVAS QUE INDICA A FUNCIONARIO QUE SEÑALA

EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

DELEGA FUNCIONES DIRECTIVAS QUE INDICA A FUNCIONARIO QUE SEÑALA

Núm. 1.284 exenta.- Santiago, 7 de junio de 2012.- Vistos: Las facultades que me confieren los artículos 5° y 41° del decreto con fuerza de ley N°1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 18.118; en el decreto N° 197, de 1985, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; en la ley N° 20.557; el decreto con fuerza de ley N° 5, de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley General de Cooperativas; en las resoluciones administrativas exentas Nos 2.045, de 2010 y 129, de 2011, ambas de esta Subsecretaría, y en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando: Que de acuerdo con lo dispuesto en la glosa 02 de la partida 07, capítulo 01, programa 01, del Presupuesto del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo para el año 2012, el personal a contrata podrá desempeñar funciones de carácter directivo que se le asignen o deleguen mediante resolución fundada del Jefe de Servicio, en la que deberán precisarse las referidas funciones, no pudiendo dicho personal exceder de 18 funcionarios.

Resuelvo:

Artículo primero

Asígnanse a don Carlos Rodrigo Schultze Esturillo, funcionario a contrata asimilado a grado 4° EUS del Estamento Profesional de la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño, las siguientes funciones directivas correspondientes al Jefe del Departamento de Cooperativas:

  1. Las enumeradas en el Capítulo IV del decreto con fuerza de ley N° 5, de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley General de Cooperativas;

  2. Efectuar, notificar y firmar el primer y segundo Informe de Desempeño y la Precalificación de los funcionarios del Departamento de Cooperativas, autorizar cometidos funcionarios, permisos facultativos, feriado legal, y las solicitudes de horas extraordinarias del personal del Departamento; preparar y presentar el presupuesto del Departamento, y solicitar al Subsecretario la contratación de personal, y

  3. Solicitar la disolución de...

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