Resolución núm. 1190 EXENTA, publicada el 18 de Noviembre de 2010. DELEGA FUNCIONES QUE INDICA Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN N° 1.048 EXENTA, DE 2008 - COMISIÓN CHILENA DEL COBRE - COMISIÓN NACIONAL - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469851826

Resolución núm. 1190 EXENTA, publicada el 18 de Noviembre de 2010. DELEGA FUNCIONES QUE INDICA Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN N° 1.048 EXENTA, DE 2008

Publicado enDiario Oficial
EmisorCOMISIÓN CHILENA DEL COBRE
Rango de LeyResolución

DELEGA FUNCIONES QUE INDICA Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN N° 1.048 EXENTA, DE 2008

Núm. 1.190 exenta.- Santiago, 10 de noviembre de 2010.- Visto:

  1. Los artículos 5°, 31 y 41 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1/19.653, (Segpres), de 2001, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado;

  2. Lo dispuesto en el artículo 61, letra a) de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo;

  3. Lo preceptuado en los artículos , letras d) y g), y 12 del D.L. N° 1.349, de 1976, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el Decreto con Fuerza de Ley N° 1 (Minería), de 1987, y sus modificaciones posteriores, y

  4. El D.S. N° 79, de 14 de julio de 2010, del Ministerio de Minería, y

    Considerando:

  5. Que, el artículo 41 de La ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, prevé la posibilidad de delegar el ejercicio de las atribuciones y facultades propias, bajo los términos y requisitos dispuestos en dicho artículo, y

  6. Que, resulta necesario hacer más expedito el funcionamiento de esta Comisión Chilena del Cobre, lo que requiere la desconcentración de funciones para una eficiente e idónea administración de los recursos públicos y agilizar el despacho de las resoluciones y la realización de las actuaciones relativas al ejercicio de determinadas atribuciones al interior de la misma.

    Resuelvo:

  7. Deléganse en el Fiscal, las facultades relativas a las materias que a continuación se señalan:

    1. La suscripción de los contratos y dictación

      de las resoluciones exentas relacionadas

      con la Ley N° 19.886, y su Reglamento;

    2. La suscripción de oficios y cartas, y la

      dictación de las resoluciones exentas

      relacionadas con la Ley N° 20.285, sobre

      acceso a la información pública, y su

      Reglamento;

    3. La suscripción de oficios y cartas, y

      las resoluciones exentas relacionadas

      con la Ley N° 20.026, de impuesto

      específico a la actividad minera, y su

      Reglamento;

    4. La suscripción de los oficios remisores

      al Ministerio de Minería, de las

      resoluciones exentas que modifican los

      equipos de trabajo establecidos en el

      D.S. N° 983, que aprueba reglamento para

      la aplicación de incremento por desempeño

      colectivo del artículo 7º de la ley Nº

      19.553;

    5. La dictación de las resoluciones que

      establecen el escalafón de mérito, y

    6. La dictación de las resoluciones exentas

      que modifican los...

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