Resolución núm. 2001 EXENTA, publicada el 03 de Enero de 2012. COMPLEMENTA Y MODIFICA NORMA GENERAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | DIRECCIÓN DEL TRABAJO |
Rango de Ley | Resolución |
COMPLEMENTA Y MODIFICA NORMA GENERAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Núm. 2.001 exenta.- Santiago, 21 de diciembre de 2011.- Vistos:
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Lo dispuesto en los artículos 6, 7 y 8 de la Constitución Política del Estado;
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La Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado;
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La Ley Nº 19.880, del año 2003, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de la Administración del Estado;
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La Ley Nº 20.285, sobre Acceso a la Información Pública;
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La Ley Nº 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública;
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El Instructivo Presidencial Nº 002, de 20.04.2011, referido a la participación ciudadana en la gestión pública;
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La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón;
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La resolución exenta Nº 864, de 12.08.2011 de la Dirección del Trabajo.
Considerando:
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Que, con fecha 12 de agosto del año 2011, se dictó por la Dirección del Trabajo la resolución exenta Nº 864, dando cumplimiento a lo dispuesto por la ley Nº 20.500 sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública.
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Que, para dar cumplimiento de mejor forma a la obligación de establecer los mecanismos de participación ciudadana que tendrán las personas y organizaciones en el ámbito de su competencia, se complementa y modifica la resolución mencionada.
Resuelvo:
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Modifícase y compleméntase la resolución exenta Nº 864 en la forma que a continuación se indica:
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En el artículo 3, letra b), se elimina el vocablo "y"; en la letra c) la palabra "Consejos" se reemplaza por "Consejo" y se agrega el vocablo "y" al final de la frase; en el mismo artículo 3 se agrega letra "d) Consejos Tripartitos Regionales de Usuarios y Mesas de Trabajo".
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En el artículo 8 letra b) se elimina la frase final "A la convocatoria se adjuntará una síntesis del Balance de Gestión Integral, redactada en un formato comprensible para la ciudadanía en general.".
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El párrafo denominado "De los Consejos de la Sociedad Civil" pasa a llamarse "Del Consejo de la Sociedad Civil".
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Reemplázase el artículo 9 por el siguiente:
"Artículo 9. La Dirección del Trabajo dará cumplimiento a esta modalidad a través del "Consejo Nacional Tripartito de Usuarios de la Dirección del Trabajo" que constituye un mecanismo institucional, permanente, de carácter nacional centralizado, de diálogo tripartito con los...
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