Resolución núm. 8932 EXENTA, publicada el 22 de Diciembre de 2011. MODIFICA RESOLUCIONES Nº 697, 699 Y 791 EXENTAS, DE 2011, QUE LLAMAN A CONCURSO EN CONDICIONES ESPECIALES PARA PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS PARA EL PROGRAMA FONDO SOLIDARIO DE VIVIENDA EN REGIONES QUE INDICAN - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469493546

Resolución núm. 8932 EXENTA, publicada el 22 de Diciembre de 2011. MODIFICA RESOLUCIONES Nº 697, 699 Y 791 EXENTAS, DE 2011, QUE LLAMAN A CONCURSO EN CONDICIONES ESPECIALES PARA PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS PARA EL PROGRAMA FONDO SOLIDARIO DE VIVIENDA EN REGIONES QUE INDICAN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

MODIFICA RESOLUCIONES Nº 697, 699 Y 791 EXENTAS, DE 2011, QUE LLAMAN A CONCURSO EN CONDICIONES ESPECIALES PARA PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS PARA EL PROGRAMA FONDO SOLIDARIO DE VIVIENDA EN REGIONES QUE INDICAN

Santiago, 13 de diciembre de 2011.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 8.932 exenta.- Visto:

  1. El DS Nº 174 (V. y U.), de 2005, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Fondo Solidario de Vivienda;

  2. El DS Nº 332 (V. y U.), de 2000, y sus modificaciones, que reglamenta Sistema de Atención Habitacional para Situaciones de Emergencia;

  3. La resolución exenta Nº 697 (V. y U.), publicada en el Diario Oficial con fecha 4 de febrero de 2011, y sus modificaciones, que llama a concurso en condiciones especiales para proyectos de Construcción del Programa Fondo Solidario de Vivienda en su Capítulo Segundo para las regiones que indica;

  4. La resolución exenta Nº 699 (V. y U.), publicada en el Diario Oficial con fecha 4 de febrero de 2011, y sus modificaciones, que llama a concurso en condiciones especiales para proyectos de Construcción del Programa Fondo Solidario de Vivienda en su Capítulo Primero para las regiones que indica;

  5. La resolución exenta Nº 791 (V. y U.), publicada en el Diario Oficial con fecha 10 de febrero de 2011, y sus modificaciones, que llama a concurso en condiciones especiales para Construcción de Viviendas en Sitio Propio con Proyecto Tipo, para el Programa Fondo Solidario de Vivienda, para las regiones que indica, y

Considerando: La necesidad de modificar las resoluciones indicadas en virtud de que se debió citar el artículo 10 del DL 2.695, de 1979, que Fija Normas para Regularizar la Posesión de la Pequeña Propiedad Raíz y para la Constitución del Dominio sobre ella, y no su artículo 11, dicto la siguiente

Resolución:

  1. Modifícase la resolución exenta Nº 697 (V. y U.), de 2011, en su resuelvo 3., en el sentido de reemplazar en la letra u) la frase que se encuentra entre la segunda coma del texto y el primer punto seguido, por la siguiente:

    "se podrá postular y asignar el subsidio acreditando disponibilidad de terreno mediante copia autorizada de la resolución señalada en el artículo 10º de esa ley y declaración jurada de éste de estar en posesión material del inmueble, en forma continua y exclusiva, sin violencia ni clandestinidad durante 5 años a lo menos, que no exista juicio pendiente en su contra en que se discuta el dominio o posesión del inmueble, iniciado con anterioridad a la fecha de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR