Resolución núm. 2773 EXENTA, publicada el 03 de Diciembre de 2013. DISPONE MANTENCIÓN DE LA APLICACIÓN DE PRINCIPIOS CONTABLES DE GENERAL ACEPTACIÓN QUE INDICA - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 479250342

Resolución núm. 2773 EXENTA, publicada el 03 de Diciembre de 2013. DISPONE MANTENCIÓN DE LA APLICACIÓN DE PRINCIPIOS CONTABLES DE GENERAL ACEPTACIÓN QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

DISPONE MANTENCIÓN DE LA APLICACIÓN DE PRINCIPIOS CONTABLES DE GENERAL ACEPTACIÓN QUE INDICA

Núm. 2.773 exenta.- Santiago, 28 de noviembre de 2013.- Vistos: Lo dispuesto en las letras a) y d) del artículo 108 del decreto con fuerza de ley Nº 5, de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el Texto Refundido, Concordado y Sistematizado de la Ley General de Cooperativas, en adelante e indistintamente "Ley General de Cooperativas"; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/3.511, de 1981, del referido Ministerio, que Reorganiza la Dirección de Industria y Comercio, Traspasa Departamentos de Cooperativas y de Propiedad Industrial y Fija Planta de Personal que Indica; en el decreto Nº 101, de 2007, del Ministerio antes señalado, que Aprueba Reglamento de la Ley General de Cooperativas, en adelante e indistintamente el "Reglamento" o "Reglamento de la Ley General de Cooperativas"; en las resoluciones administrativas exentas Nºs. 142 de 5 de enero de 1994 y 1.321 de 11 de junio de 2013, ambas del Departamento de Cooperativas; en el decreto ley 824, de 1974, del Ministerio de Hacienda, que aprueba la Ley sobre Impuesto a la Renta; en la ley Nº 13.011, que crea una Institución con Personalidad Jurídica denominada Colegio de Contadores; y, en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República de Chile, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

Considerando:

  1. Que, de conformidad con lo dispuesto en la letra g), del artículo 13 de la ley Nº 13.011, el Colegio de Contadores se ha abocado a desarrollar un proceso de convergencia de los Principios Contables de General Aceptación a las Normas de Información Financiera (en adelante "NIIF" o "IFRS").

  2. Que, analizada la posible aplicación de IFRS a las cooperativas fiscalizadas por el Departamento de Cooperativas, se ha constatado la existencia de incompatibilidades insalvables con la legislación que regula al sector.

  3. Que, consultados al respecto distintos representantes de instituciones relacionadas con materias contables, legislación cooperativa y el propio Colegio de Contadores de Chile A.G., este último, mediante carta de fecha 18 de febrero de 2013, remitida por su Presidente, ratificó la existencia de las incompatibilidades previamente detectadas por el Departamento de Cooperativas, las que imposibilitan la aplicación de IFRS.

  4. Que, existe la necesidad de establecer y mantener...

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