Resolucion núm. 976 EXENTA, el 20 de Diciembre de 2013. DA INICIO A PROCESO DE ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE DESCONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA DE TEMUCO Y PADRE LAS CASAS - MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 482321342

Resolucion núm. 976 EXENTA, el 20 de Diciembre de 2013. DA INICIO A PROCESO DE ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE DESCONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA DE TEMUCO Y PADRE LAS CASAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyResolución

DA INICIO A PROCESO DE ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE DESCONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA DE TEMUCO Y PADRE LAS CASAS

Núm. 976 exenta.- Santiago, 14 de noviembre de 2013.-Vistos: Lo establecido en la ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en la ley 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el DS Nº 39 de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece el Reglamento para la Dictación de Planes de Prevención y de Descontaminación; en el DS Nº35 de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que declara Zona Saturada por Material Particulado Respirable MP10, como concentración de 24 horas, a las comunas de Temuco y Padre Las Casas; en el DS Nº78 de 20 de julio de 2009, del mismo Ministerio, que estableció el Plan de Descontaminación Atmosférica de Temuco y Padre Las Casas, y lo dispuesto en la resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que, por DS Nº35 de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, se declaró zona saturada por Material Particulado Respirable MP10, el área correspondiente a las comunas de Temuco y Padre Las Casas.

Que, declarada zona saturada el área, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la ley 19.300, y en el reglamento respectivo, se elaboró el Plan de Descontaminación Atmosférica de Temuco y Padre Las Casas, aprobado mediante el DS Nº78 de 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y cuyo objetivo es lograr que, en un plazo de 10 años, en la zona saturada que abarca dichas comunas, se dé cumplimiento a la norma primaria de calidad ambiental para material particulado respirable MP10, contenida en el DS Nº 59, de 1998, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

Que, el mismo Plan antes mencionado, dispuso que dentro de los cinco años siguientes a su publicación fuera actualizado en al menos una oportunidad, con el propósito de complementar, en lo que sea necesario, los instrumentos y medidas, con el objeto de cumplir con las metas de reducción de emisiones planteadas para los años 2015 y 2020. Cabe agregar, que la obligación de realizar estas revisiones no excluye los demás procesos de modificación que sean necesarios.

Que, por resolución exenta Nº501, de 14 de junio de 2013, de este Ministerio, se dio inicio al proceso de elaboración del Plan de Descontaminación Atmosférica...

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