Decreto 669 - EXCLUYE A DON ANDRÉS HONORATO ERRÁZURIZ DE LA TERCERA NÓMINA NACIONAL DE SÍNDICOS - MINISTERIO DE JUSTICIA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 407401494

Decreto 669 - EXCLUYE A DON ANDRÉS HONORATO ERRÁZURIZ DE LA TERCERA NÓMINA NACIONAL DE SÍNDICOS

EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor20 de Noviembre de 2012

EXCLUYE A DON ANDRÉS HONORATO ERRÁZURIZ DE LA TERCERA NÓMINA NACIONAL DE SÍNDICOS

Santiago, 16 de octubre de 2012.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 669.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 10 de la Constitución Política de la República; en la ley Nº 18.175, modificada por la ley Nº 20.004, e incorporada al Libro IV del Código de Comercio, con excepción de su Título II, por la ley Nº 20.080; el decreto Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República"; el decreto Nº 359, de 2009, del Ministerio de Justicia, que nombró a don Andrés Honorato Errázuriz como Síndico Privado de Quiebras; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y en los oficios Ord. SQ Nº 877 y Nº 1.347, de 2011, Nº 1.171, Nº 1.854 y Nº 1.896, de 2012, todos de la Superintendencia de Quiebras; las listas de asistencia extendidas por la Universidad del Desarrollo y la Superintendencia de Quiebras, que dan cuenta de la situación del Sr. Honorato Errázuriz, y

Considerando:

  1. - Que por decreto Nº 359, de 2009, del Ministerio de Justicia, se nombró a don Andrés Honorato Errázuriz, RUN Nº 7.033.603-0, como Síndico Privado de Quiebras, y se le incluyó en la Tercera Nómina Nacional de Síndicos, fijada por decreto Nº 1.071, de 1983, del Ministerio de Justicia.

  2. - Que consta de los oficios Ord. SQ Nº877, de 2011 y Nº1.171, de 2012, y de las listas de asistencia extendidas por la Universidad del Desarrollo y por la Superintendencia de Quiebras, que el síndico aludido fue citado o rendir examen de conocimientos los días 23 de junio de 2011 y 28 de junio de 2012, ausentándose, sin causa justificada, en ambas ocasiones, entendiéndose reprobado para todos los efectos legales, de conformidad a lo dispuesto en el instructivo SQ Nº 1, de 28 de abril de 2011.

  3. - Que por oficio Ord. S.Q. Nº 1.896, de 17 de agosto de 2012, de la Superintendencia de Quiebras, comunicó a esta Cartera de Estado la situación del síndico en comento, con la finalidad de que fuera eliminado de la Tercera Nómina Nacional de Síndicos.

  4. - Que, en atención a los fundamentos expuestos, los antecedentes acompañados y lo estipulado en la causal contemplada en el Nº 13 del artículo 22 del Libro Cuarto del Código de Comercio, corresponde excluir de la señalada nómina al Sr. Honorato Errázuriz.

Decreto:

Exclúyase a don Andrés...

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